A través de un comunicado la Comuna de San Carlos Sud recuerda los días y horarios de atención de la oficina de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, ubicada en calle San Martín 675 (Espacio de Capacitación y Formación Comunal).
La atención será los días lunes de 9 a 13 horas, y los días miércoles y viernes de 8.30 a 12.30 horas.
A través de un comunicado la Comuna de San Carlos Sud recuerda los días y horarios de atención de la oficina de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, ubicada en calle San Martín 675 (Espacio de Capacitación y Formación Comunal).
La atención será los días lunes de 9 a 13 horas, y los días miércoles y viernes de 8.30 a 12.30 horas. Las vías alternativas de comunicación serán al teléfono 342 4720213 o vía email: [email protected]
Desde el Ejecutivo local manifestaron que en dicha oficina se podrá recibir todo tipo de consultas y reclamos relacionados a la defensa de los derechos de la ciudadanía, de la salud, derechos humanos, y derechos del consumidor, entre otros.
El trámite es gratuito y quien realice la consulta deberá llevar su DNI y todo tipo de documentación que sea de utilidad.
La Defensoría del Pueblo es un organismo descentralizado, unipersonal e independiente, que no recibe instrucciones de ninguna índole y tiene facultades de control extrapoder, encargado de proteger y promover los derechos fundamentales del individuo y los intereses difusos o colectivos de la comunidad contra actos irregulares, arbitrarios, ilegítimos, discriminatorios o negligentes de los funcionarios de la administración pública.
Sin perjuicio de presentar la denuncia de hechos delictuales, el Defensor del Pueblo efectúa recomendaciones a los funcionarios, propone la modificación de normas legales, efectúa críticas y amonestaciones y hace pública su labor a través de informes.
Ejerce la defensa del individuo y de la comunidad tanto en el plano de los derechos fundamentales, derechos económicos (protección del consumidor) como en los intereses difusos.
De esta manera, el defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe tiene competencia para actuar sobre:
a) Administración pública centralizada: Gobernación, ministerios, secretarías y subsecretarías del Poder Ejecutivo (salud, obras públicas, medio ambiente, seguridad, cultura, promoción comunitaria, entre otras áreas).
b) Administración pública descentralizada: entes autárquicos como Iapos, Túnel Subfluvial, Lotería de Santa Fe, empresas del Estado (EPE) y concesionadas (Aguas Provinciales de Santa Fe).
c) Sociedades con participación estatal y personas jurídicas en ejercicio de funciones públicas (colegios de profesionales).
El Defensor del Pueblo ejerce su jurisdicción sobre todo el territorio provincial y actúa no sólo ante la queja presentada por un ciudadano o grupo de personas y/o instituciones. También puede hacerlo de oficio cuando advierte alguna anormalidad, por vía de la Ley 10.000 de Intereses Difusos o, inclusive, a petición de los diputados y senadores.
El Defensor del Pueblo podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición del o los interesados, cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos, hechos u omisiones de la administración pública provincial y sus agentes.
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