Martes 5.1.2021
/Última actualización 12:22
Así lo dispone la ley tributaria de Santa Fe, gracias al proyecto presentado por el senador Lisandro Enrico en julio pasado, que contó con el acompañamiento del Gobierno Provincial para que hoy estas modificaciones sean una realidad. Cabe destacar que aquellos comercios que hayan efectuado pagos durante los últimos meses del año pasado (septiembre, octubre, noviembre y diciembre) API deberá reintegrarles el dinero.
“Habiéndonos reunido con representantes de diferentes sectores que vieron afectadas sus actividades a causa de la pandemia, presentamos un proyecto, que fue aprobado, para que diferentes sectores económicos de nuestra Provincia se vean beneficiados a la hora del pago de algunos impuestos”, manifestó en primer lugar el senador provincial Lisandro Enrico.
En este sentido, las actividades económicas que más sufrieron los efectos de la pandemia (bares, restaurantes, servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings; servicios de agencias de viaje y turismo; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones; servicios para eventos infantiles; organización de eventos, servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos, alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas para práctica de deportes, jardines maternales, servicios de salones de baile y discotecas y peluquerías) quedarán eximidas de pagar durante siete meses (septiembre, octubre, noviembre, diciembre -2020-, enero, febrero y marzo -2021-) el impuesto sobre los ingresos brutos, como así también de 7 cuotas del impuesto inmobiliario (cuotas 2 a 6 del año 2020 y cuotas 1 y 2 del año 2021) cuando los inmuebles sean afectados a explotaciones de los sectores antes mencionados y por los mismos tributen impuesto sobre los ingresos brutos”, aclaró.
Agregando que en el caso de "contribuyentes que ya hayan abonado alguno de los impuestos mencionados –ingresos brutos e inmobiliario) la API deberá reintegrarles el pago”, indicó el Senador.
Mientras que atendiendo a los demás sectores que vieron interrumpido su desarrollo también contarán con beneficios: exención durante siete meses (septiembre, octubre, noviembre, diciembre -2020-, enero, febrero, marzo -2021-) del impuesto a los ingresos brutos a los pequeños contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado y del Impuesto de Sellos por los contratos de préstamo y alquileres suscriptos entre septiembre de 2020 y marzo de 2021.
“Luego de haber escuchado a los representantes de la mayoría de los sectores que sufrieron las consecuencias de la pandemia que ocasionó el Covid-19, decidimos compartir estas modificaciones para que pudieran ser incluidas en la ley tributaria, logrando brindar nuestro apoyo a quienes transcurrieron un 2020 viendo afectadas sus fuentes de trabajo”, finalizó el senador Lisandro Enrico.