Pirola destacó el trabajo legislativo para la eximición sobre Ingresos Brutos
Pirola destacó el trabajo legislativo para la eximición sobre Ingresos Brutos
Viernes 25.6.2021
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Última actualización 12:28
“Normar para todos los santafesinos, escuchando y respetando la voz de cada uno de sus representantes, es la manera de trabajar que propongo desde siempre, una forma de hacer que muchos comparten haciéndola crecer y que de a poco se va entendiendo por muchos más; como en esta oportunidad que entre muchos pudimos legislar para todos los santafesinos la ley para la eximición a los pequeños contribuyentes adheridos al régimen simplificado del impuesto sobre ingresos brutos” confirmó Rubén Pirola, luego de la sesión.
“Agradezco públicamente las palabras de nuestro par “Perottista”, Eduardo Rosconi, que entendiendo esta manera de legislar suma en positivo a que los santafesinos tengamos la posibilidad de lograr mejores leyes”, cerró el legislador provincial.
Detalle de lo aprobado
Se exime a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del pago de las cuotas de los meses de abril a septiembre.
Se exime a las actividades afectadas por la pandemia del pago de Ingresos Brutos por los meses Abril a Septiembre (el ejecutivo proponía Agosto).De esta forma se prorroga un beneficio que estuvo vigente hasta marzo y se agregan actividades (clínicas y sanatorios privados que presten servicios de internación, propuesto por el PE, y empresas de emergencias médicas, agregado en la Cámara de Senadores). Se faculta además al ejecutivo a agregar otras actividades.
Se exime del pago de la cuota 3/2021 del Impuesto Inmobiliario urbano y suburbano a los contribuyentes afectados.
Se exime a los pequeños comerciantes minoristas locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de abonar los meses junio a septiembre (el ejecutivo decía hasta Agosto)
Se exime del pago del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios respecto de los créditos orientados a la recuperación productiva de las personas jurídicas y/o personas humanas afectadas por la emergencia sanitaria generadas por el coronavirus, que se otorgaron a través del sistema bancario, mutuales, cooperativas y Agencias de Desarrollo en la provincia de Santa Fe, en los meses de abril a septiembre. (Agregado por Senadores)
Se exime del pago del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios respecto de los contratos de alquiler de inmuebles con destino a la actividad comercial que se celebraron en los meses de abril a septiembre (agregado por Senadores)
Se suspende hasta el 30 de septiembre de 2021 la caducidad de los planes de facilidades de pago otorgados para los contribuyentes que desarrollen las actividades afectadas directa o indirectamente por las mismas medidas relativas a la pandemia.
Se suspende la aplicación de los intereses para los contribuyentes que se vean afectados, limitados, o imposibilitados en su normal funcionamiento, como consecuencias de tales decisorios.
Se suspende la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que se vean afectados, limitados, o imposibilitados en su normal funcionamiento, como consecuencias de las medidas dispuestas.
API debe establecer un mecanismo de reintegro para los contribuyentes que, al momento de la entrada en vigor de la presente ley, hayan hecho efectivo el pago de conceptos eximidos por la misma.
Se amplía la vigencia del Régimen de Regularización Tributaria aprobado por la Ley 14.025, por sesenta (60) días corridos, pudiendo el ejecutivo prorrogarlo por treinta (30) días corridos más.