El 16 de septiembre pasado se realizó una requisa ilegal en Paraná a un joven de 19 años en situación de adicción a la Ketamina. Luego de inyectarse la sustancia en la plaza que frecuentaba, cuatro policías cercaron al usuario y así inició un procedimiento policial fuertemente cuestionado: requisa ilegal de las pertenencias del joven, maltrato verbal y físico de parte de casi todos los policías.
Finalmente, la causa que inició por venta de drogas se cerró cuando la Justicia declaró la nulidad por la requisa sin orden judicial a la mochila del jóven. Así lo había pedido su defensor, el abogado especialista en Derecho Penal, Andrés Bacigalupo. Entre los argumentos que presentó el defensor en la audiencia para solicitar la nulidad, se encuentra el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra la Argentina “Fernandez Prieto y Tumbeiro”, que obliga a detener las requisas ilegales fundadas en el “olfato policial”.
Bacigalupo también explicó la voluntad de la policía de ocultar la requisa ilegal: “En el parte de novedad pareciera que no hubo una requisa personal. El cliché de exhibición voluntaria de las pertenencias es muy utilizado. Se solicitó de manera coercitiva la apertura de la mochila. Los policías, queriendo justificar un poco, empiezan a divagar en los típicos clichés: nerviosismo, aceleró la marcha… la mochila termina siendo abierta frente a un contexto intimidatorio, en un acto de coerción, donde la fuerza denodadamente exige que muestre sus pertenencias”.
El abogado penalista analiza: “El Estado argentino no resuelve el problema del consumo de las drogas de una manera eficiente, porque el primer contacto que tiene el Estado argentino con las personas que usan drogas es a través del derecho penal y no de programas sanitarios”, como debería ser si lo que se intenta resolver es una cuestión de salud.
Las cifras de las requisas ilegales
El de este joven no es un caso aislado. Según datos de la Procuraduría de Narcocriminalidad, entre 2011 y 2020, el 82% de las causas por tenencia de estupefacientes para consumo personal fue iniciada por “Prevención de las Fuerzas de Seguridad”. Por otro lado, conforme describe Florencia Corbelle, antropóloga e investigadora del CONICET en su artículo “La Ley de drogas en números”, según datos del Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC) de la Dirección de Estadística Criminal del Ministerio de Seguridad de la Nación, en el período 2014 – 2019 “los hechos presuntamente delictuosos” vinculados a la ley de drogas se triplicaron pasando de 32.884 en 2014 a 61.746 en 2018 y 98.037 en 2019.
Sin embargo, como explica Corbelle: “Argentina, al igual que muchos otros países, no posee un diagnóstico integral sobre el fenómeno de las drogas y, en particular, la producción de información sobre la aplicación de la ley de drogas ha sido históricamente escasa”. En concreto, las requisas ilegales o los casos de violencia policial no terminan siendo registrados en las estadísticas.
El problema de la actitud sospechosa
Por su parte, el fiscal de la causa, Santiago Alfieri, defendió el accionar de la policía alegando que los efectivos solicitaron la apertura de la mochila para evitar el conflicto. También afirmó que el procedimiento se legitima porque los policías divisaron una persona que al verlos, caminó rápidamente hacia la oscuridad de la plaza.
Durante la sentencia emitida por la Jueza de Garantías n°7, Carola Bacaluzzo, la magistrada expuso sus inquietudes: “Me llamó mucho la atención que el joven imputado denuncia además de malos tratos, haber recibido golpes por parte de la policía, que se visualizan en el video de su declaración. Me llama la atención que al confrontar el legajo, en el informe médico del doctor Juan Pablo Bertozzi, consta que revisó al imputado el 16 de septiembre de 2021 a las 21.50 y no consigna ninguna lesión. Resulta llamativo.”
A raíz de los golpes que relató el joven afectado, y que aparecen en el registro audiovisual de su declaración, se abrió un legajo en la Fiscalía especializada de Violencia Institucional, para investigar si fue víctima de vejaciones. “Advierto al menos 3 diferentes posturas en las declaraciones de los funcionarios policiales sobre cuál fue el motivo que generó la necesidad de requisarlo sin orden judicial”, declaró la jueza de garantías. Detalló que en sus testimoniales, los oficiales participantes del episodio repitieron un discurso aprendido. “Repiten como algo aprendido de memoria que la exhibición fue voluntaria, pero la verdad creo que había un contexto absolutamente intimidatorio… un chico frente a 5 policías… que además denuncia lesiones y malos tratos… por lo que descarto que la exhibición haya sido voluntaria”.
Luego de escuchar a la jueza, el fiscal Alfieri pidió la palabra: “Solicito que se envíe copia de la sentencia del resolutorio al Jefe de la Policía de la Provincia y al jefe de la Dependencia de la Comisaría 8va, a los efectos de que adopten las medidas necesarias de capacitación respecto del momento de la novedad al Ministerio Público Fiscal en turno cuando sucedan procedimientos análogos”.
Lo más llamativo del caso es que en consecuencia, la Fiscalía ordenó informar esa resolución a las autoridades policiales de la provincia para que capaciten al personal sobre cómo realizar un procedimiento acorde a las leyes y la Constitución.
Capacitación a fuerzas de seguridad
En el marco del V Congreso Argentino de Justicia Constitucional a realizarse los días 28, 29 y 30 de noviembre, el presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos presentó a la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero, una propuesta de un Plan de Capacitación sobre Cannabis Medicinal con fines médicos, terapéuticos y/o paliativos, en todos los institutos de formación policial.
Desde el Colegio se ofrecieron recursos humanos y técnicos a fin de llevar adelante el Plan de Capacitación de manera conjunta con el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos. La capacitación a las fuerzas está prevista en el art. 18 de la Ley de Cannabis Medicinal de Entre Ríos N° 10.894 y remarca la participación de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la materia.
Fue elaborada por Alejandro Canavesio, Flavia Martínez Aquino, abogada y docente de DD.HH. en la Tecnicatura en Seguridad Pública, con orientación a la formación policial, de la Esc. Sup. De Oficiales “Dr. Salvador Maciá” y Andrés Bacigalupo, abogado penalista, coordinador del Área Drogas en la Asociación Pensamiento Penal y asesor legal de la "Agrupación Paranaense de Agricultorxs Cannábicxs".