Por Ignacio Pellizzón
La Justicia finalmente rechazó un amparo presentado por la empresa a principios del 2020, lo que le había permitido operar sin restricciones hasta la fecha. ¿Qué pasa con los choferes y la firma?
Por Ignacio Pellizzón
Un nuevo capítulo adverso se suma a la lucha que están dando en Rosario las aplicaciones de transporte. En este caso se trata de un revés judicial que dejó a la empresa Cabify fuera de juego en la ciudad. Un fallo de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial rechazó el amparo presentado por la firma en febrero del 2020 y ahora no podrá seguir operando.
La situación tiene a mal traer a los choferes que venían trabajando con la compañía. Según señalaron a Mirador Provincial desde el sindicato de remises de la ciudad, todavía “no cobraron su sueldo y no saben adónde ir a reclamar”, porque no hay una oficina física donde funcione la aplicación. El mismo gremio dejó en claro que, por lo menos, estaban circulando de manera irregular “más de 20 coches” vinculados a la app en inmediaciones al Aeropuerto Internacional de Rosario (AIR). Es por eso que estaban en alerta.
Que sí, que no...
Fue a finales del 2019 cuando Cabify volvió a irrumpir en Rosario con su servicio de remises. A diferencia de otras veces, esta vez la compañía había absorbido a la app Easy Taxi y se prestaba a trabajar de forma legal, es decir respetando las ordenanzas vigentes.
Como si se tratar de un gesto de buena voluntad, el municipio le dio la oportunidad a la corporación de que se ajustara a lo que implica ser una “agencia de apoyo para los remises” y así poder trabajar. Pero era necesario que se amoldara a algunas normas que implicaba estar habilitado como agencia.
Al incumplir con estas exigencias gubernamentales, la Secretaría de Transporte local, liderada en su momento por Mónica Alvarado, tomó la decisión de suspender a Cabify por dos días para que se ajustara a la ley. A su vez, le advirtió a la firma que, en caso de violar las reglas nuevamente, le sería revocada la habilitación de manera permanente. Esto sucedió a los pocos días tras detectar en algunos controles de rutina a choferes de la app trabajando fuera de la ley.
Sin embargo, la aplicación no se quedó quieta y acudió a la Justicia presentando un amparo en el juzgado Civil y Comercial de los Tribunales provinciales para que le permitieran seguir operando en la ciudad, con el argumento de la Municipalidad llevó adelante una medida “ilegal”, dado que no respetó el debido proceso ni le informó a la empresa cuáles era las imputaciones.
En febrero del 2020, mediante este amparo, la Justicia le permitió a la firma continuar trabajando. Mientras tanto el Palacio de los Leones, a través de la Dirección General de Licencias y Habilitaciones para la Movilidad, presentó un informe indicando que algunos de los operadores de Cabify no se encontraban en regla, y que la empresa había iniciado una campaña publicitaria que incumplía lo acordado.
Gracias a que la jueza de aquel entonces, Lucrecia Mantello, dio lugar al amparo presentado por la app, es que pudo operar sin restricciones. Pero, ahora, la Justicia rechazó el amparo presentado y dejó en off side a Cabify, obligándola a que deje de funcionar en la ciudad.
El otro traspié
La semana pasada el proyecto impulsado por los taxistas rosarinos, para aumentar las multas al transporte ilegal en más de 100.000 pesos, fue aprobado en el Concejo. La iniciativa está enfocada en evitar que empresas de movilidad digital como Uber, Maxim, Cabify, entre otras, puedan seguir operando en Rosario de forma ilícita al igual que los famosos remises truchos. Con 20 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones el cuerpo legislativo aprobó la aplicación de multas que van desde los 58.000 pesos hasta los 170.000 pesos.
¿Qué cambia? Se incorpora la ordenanza 9.959 que modifica al Código de Faltas en lo referido al servicio regulado de remises. Con este nuevo cambio se modifican las sanciones pecuniarias ya existentes que pasan de 200 a 1.900 UF (antes de 200 a 500) al titular registral, y al responsable del vehículo que “bajo cualquier concepto transporte y el que ceda a un tercero el vehículo para transportar personas en forma onerosa cualquier fuera su número, realizando un servicio público en automóvil sin el correspondiente certificado de habilitación emitido por el organismo competente, que estando habilitado para la prestación de determinada actividad o servicio, realice uno diferente y estando habilitado en otra localidad, levante pasajeros en la ciudad de Rosario, excepto el servicio contratado puerta a puerta por pasajeros con domicilio en otras localidades, y cobraren una tarifa diferente a la autorizada por la autoridad de aplicación, más la remisión del vehículo al corralón municipal y comiso de los accesorios o elementos utilizados”.
En tanto se actualizó también la ordenanza penando el servicio realizado mediante aplicaciones cuando no está habilitado, agregando el párrafo: “La prestación del servicio de transporte de personas realizado en forma habitual y onerosa, con vehículos sin habilitación municipal y cuyo despacho de viajes se practique a través o sirviéndose de aplicaciones móviles o de cualquier medio digital de alcance o uso masivo, la multa será de 1.300 a 3.800 UF”.