San Jerónimo Norte: el Ejecutivo municipal vetó la ordenanza que regula la contratación de personal
Se trata de la ordenanza Nº 142/2024 que hacía referencia al ingreso del personal a la administración pública municipal. Además estipulaba que las contrataciones no podían superar los seis meses, y para su extensión debía contar con aprobación del Concejo Deliberante. La intendenta y la secretaria de Gobierno explicaron los pormenores que llevaron a vetar la ordenanza.
“La ley orgánica de municipios y comunas, faculta al intendente a realizar contrataciones de servicios específicos o temporales, cuando esos servicios son esenciales. La ordenanza aprobada estipulaba que esos ingresos están sujetos a revisión del Concejo, una atribución que la ley orgánica establece en manos del Ejecutivo y no de los concejales”, aclaró Santucci.
Foto: EL LITORAL
El pasado 28 de febrero el Concejo Deliberante de San Jerónimo Norte aprobó la Ordenanza Nº 142/2024 (cuya autoría pertenece a la concejal Valeria Marengo) que regulaba el ingreso del personal a la administración pública municipal e impedía la renovación de contratos cuando excedan los seis meses, fue vetada en forma total por la intendenta Paola Devesa.
Se trata del primer veto que hace el Ejecutivo municipal en la historia de la ciudad del departamento Las Colonias. Ahora el Concejo cuenta con un plazo de cinco sesiones ordinarias para tratar el veto, y en caso de que no haya ninguna observación por parte de los ediles, la ordenanza quedará sin efecto.
Este jueves en la sede del municipio la intendenta municipal Paola Devesa, y la secretaria de Gobierno Dr. Laura Santucci, explicaron en detalle los motivos que llevaron a vetar la ordenanza, que ingresó el 28 de febrero al Concejo minutos antes de iniciar la sesión.
“Desde un primer momento se hizo un análisis técnico, del que participó un equipo técnico externo al municipio para que sea más objetivo. No es nuestro interés que el Concejo opine igual que el Ejecutivo, vamos a respetar esa postura pero con un límite. Ese límite que hoy toma el Ejecutivo es que cuando haya cuestiones que no estén bien tratadas o sean desprolijas las vamos a aclarar. Por ello vetamos la Ordenanza en forma total”, precisó Devesa.
La intendenta municipal aclaró que se ha respetado todos los cambios que el Concejo ha presentando en temas como presupuesto y ordenanza tributaria.
“La ley orgánica de municipios y comunas, faculta al intendente a realizar contrataciones de servicios específicos o temporales, cuando esos servicios son esenciales. La ordenanza aprobada estipulaba que esos ingresos están sujetos a revisión del Concejo, una atribución que la ley orgánica establece en manos del Ejecutivo y no de los concejales”, aclaró Santucci.
Foto: EL LITORAL
“Nos ajustamos a los cambios que el legislativo decidió hacer a su criterio en esos temas. Acá venimos a hacer una observación técnica. Tenemos que ser prolijos a la hora de presentar proyectos y aprobar ordenanzas, porque cuando vamos en contra de lo que marca una “ley madre” es algo que nos pone en evidencia. Es muy importante que al momento de tomar decisiones, se hagan de manera de cumplir con los tecnicismos que marca la ley”.
Devesa aclaró que es primordial que la persona que ingrese a trabajar al municipio lo haga a través de concursos.
“En el municipio nos encontramos con una planta de personal muy amplia, donde en los últimos cuatro años -cuando San Jerónimo Norte pasó de comuna a municipio-, la anterior gestión de Carlos Volpato decidió otorgar categorías a determinados empleados sin rendir concursos. Nos hubiese encantado encontrarnos con un municipio que cumpla con la "ley madre" y que cada uno de los empleados municipales que han ingresado arbitrariamente con la categoría más alta en el último tiempo, hubiese cumplido con un concurso”.
Errores técnicos
Por su parte la secretaria de Gobierno, Dr. Laura Santucci, manifestó que en este caso puntual, se analiza y revisa cualquier tipo de ordenanza y norma que surge desde el poder legislativo antes de promulgarla, porque es un deber del poder Ejecutivo.
“Así como están bien delimitadas las funciones tanto del poder Legislativo como Ejecutivo, por medio de la ley orgánica de municipalidades que marca que puede hacer y que no el Concejo y el Intendente. Esta ordenanza que pretende mostrarse como novedosa, lo único que hace es regular cuestiones que ya están reguladas por leyes provinciales”.
Santucci añadió que lo primero que advierten, es que la responsabilidad en el trabajo diario es buscar las mejores alternativas para mejorar la vida de los ciudadanos.
“Si regulamos algo que ya está regulado por otra legislación como es específicamente la Ley Nº 9286 (del estatuto y escalafón del personal de municipalidades y comunas) que hace referencia a quien puede ingresar a trabajar dentro del municipio. Cuando leemos la ordenanza que aprobó el Concejo no sólo vemos que trae artículos mal citados, dado que habla de concursos cerrados, lo que haría que nadie pueda ingresar a la administración. En todo caso los concursos cerrados se dan para ascensos dentro de una misma estructura municipal. Nos encontramos con este error puntual, que termina siendo una contradicción a la supuesta finalidad de esta ordena”.
En este sentido la secretaria de Gobierno aclaró que también la norma incorpora leyes que no son de aplicación municipal como es la Ley de Empleo Público, que hace referencia al empleo público nacional.
“La Ordenanza aprobada no sólo cita erróneamente legislación no aplicable, sino que también pretende incorporar una “novedad” en regulación con respecto al personal contratado. La norma aprobada en su artículo 7 afirma: queda prohibida la contratación encubierta o tercerización de servicios no personales que impliquen una relación de dependencia encubierta en el ámbito municipal para tareas que deban ser realizadas por personal de planta permanente. (...) Quedan excluidas de la presente las locaciones de obras y servicios, cuyo plazo no supere los 6 meses incluyendo renovaciones sucesivas si las hubiere. Transcurrido dicho plazo no podrán ser renovadas sin expresa autorización del Concejo Municipal con carácter extraordinario”, comentó Santucci quien hizo referencia a una clara afectación al principio de división de poderes.
“Es una facultad del intendente dentro de lo que regula la ley orgánica de municipalidades, contemplar el ingreso del personal que va a trabajar dentro del municipio. No es una facultad del poder Legislativo la renovación de contrataciones o no a revisión del Concejo y de manera extraordinaria. Esta ordenanza no sólo termina siendo violatoria de la legislación provincial referida al tema municipal, sino que atenta contra la legalidad del sistema democrático”.
Por último la funcionaria municipal remarcó que todo lo que tenga que ver con la gestión, debe ser un reflejo de los valores y aspiraciones de la comunidad.
“En este caso la legislación municipal debe acompañar el progreso de los vecinos. Necesitamos que el Concejo apoye este progreso, con sus ideas, podemos disentir en muchas cuestiones, pero el objetivo es buscar legislación que complemente y nos ayude a progresar como comunidad, y eso no lo encontramos en esta ordenanza. No trae nada nuevo, novedoso que ayude al progreso, sino todo lo contrario burocratiza el ingreso del personal al municipio y pone en riesgo la continuidad de algunos contratos que están vigentes”.
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