Por Gustavo Capeletti
El fiscal Leandro Mai encartó a tres ex funcionarios por hechos ocurridos en 2021. Les atribuyó ser coautores de varios delitos. La acusación podría ampliarse a más personas. Desde la defensa pedirían que la causa pase el fuero federal.
Por Gustavo Capeletti
El médico Fabián Gilberto Nuzarello, ex director del Hospital Central de Reconquista, quedó imputado en el marco de la causa conocida como “Vacunatorio VIP” que en su momento, a inicios del año pasado, desató un verdadero escándalo y lo terminó eyectando de su silla de mandamás del nosocomio norteño.
El fiscal Leandro Mai, que lleva el caso, le atribuyó los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, falsedad ideológica de instrumento público y abuso de autoridad.
Idéntica calificación legal provisoria recayó por parte del representante del Ministerio Público de la Acusación sobre la doctora Carolina Cardozo, ex vicedirectora, y Mabel Godoy, que en aquel momento fungía como representante de los trabajadores en el Consejo Asesor del HCR. En todos los casos, el reproche penal se ve agravado por sus condiciones de funcionarios públicos al momento de las actuaciones.
La causa se originó el 1 de marzo de 2021 a raíz de la denuncia presentada por Katia Evelin Passarino, entonces representante de la comunidad en el Consejo Asesor, sobre hechos ocurridos en el ámbito del centro de salud pública de mayor complejidad del norte provincial relacionados al privilegio que habrían obtenido ciertos y determinados familiares de integrantes del Consejo Asesor para “adelantarse en la cola” y recibir las vacunas anti covid en forma anticipada.
De acuerdo a la información oficial, en la audiencia imputativa desarrollada en la Oficina de Gestión Judicial, a las 9 de este jueves, el fiscal Mai procedió a realizar las audiencias imputativas a estas tres personas en base a los elementos reunidos a partir de la investigación realizada.
“A sabiendas”
En base a la evidencia reunida “ha surgido la probabilidad de que las personas ahora imputadas puedan ser acusadas como autores o partícipes de un delito, por ello en el día de la fecha se los citó a la audiencia en donde se le brindó la información relacionada con el hecho atribuido, calificación jurídico - penal, las evidencias fundantes de la intimación, así como los derechos que el código acuerda al imputado”, precisó el MPA.
Los hechos denunciados se habrían cometido a partir de enero de 2021 hasta marzo del mismo año, en donde los imputados “a sabiendas y abusando de su autoridad procedieron a ordenar al personal de inferior jerarquía que proceda a vacunar a personas que no pertenecían a la población objetivo por Covid 19, ya que no eran personal de salud”, ni respondían a los lineamientos de la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación y a los criterios técnicos para la campaña nacional de vacunación contra el coronavirus, según agregó el organismo. Por último, en la misma audiencia el fiscal Mai brindó a los imputados toda la información y entregó copias de la imputación y las evidencias.
Una vez concluida la audiencia, el abogado Andrés Ghío, defensor del Dr. Nuzarello dijo a medios de prensa que “creo que la causa debería tramitarse en el fuero federal”, y anticipó que es muy probable que accione en ese sentido. El asesor legal del médico imputado indicó que “la causa tiene más de dos mil fojas” y estimó que “en ningún caso los delitos imputados conllevan penas de prisión de cumplimiento efectivo”.
Renuncia
El 26 de febrero de 2021, el propio gobernador Omar Perotti le solicitó la renuncia al director del Hospital de Reconquista, Fabián Nuzzarello, tras las “irregularidades detectadas en el escalonamiento de priorización dentro del operativo de vacunación”, al no encontrarse algunas personas que recibieron la vacuna, en la primera línea de batalla contra la pandemia del Coronavirus, informó ese día el gobierno provincial.
En el parte de prensa difundido en la tarde de aquel miércoles, en plena pandemia, la Casa Gris indicó “esto sucedió tras encontrarse en la nómina de vacunados a personas vinculadas a miembros del Consejo Administrativo del efector sin formar parte de la población objetivo”.