Por Santiago Balague
Los valores están establecidos por la Ley Nacional de Tránsito y el Código Municipal de Faltas. Aclararon que cada una de las conductas se analiza de manera particular.
Por Santiago Balague
El 1 de febrero se puso en marcha en la ciudad de Venado Tuerto, la segunda etapa de la campaña "Bajá un Cambio", que consiste en operativos intensivos de tránsito para disminuir accidentes (y sus consecuencias) a causa del uso del celular, falta de cinturón de seguridad, consumo de alcohol y aumento riesgoso de la velocidad. A ello se le suma también el uso del casco en las motocicletas, un trabajo que la Municipalidad viene desarrollando desde el inicio de su gestión. En este tramo se sancionará a quienes incumplan con estas normativas viales.
Pero, ¿qué costos pueden llegar a tener las multas? Para tener una respuesta certera, El Litoral dialogó con la jueza del Tribunal de Faltas de Venado Tuerto, Janina Ferreyra, quien brindó detalles de los valores, que pueden llegar a los 50 mil pesos, aunque cada una de las conductas se analiza de manera particular.
"Todas las infracciones, como un principio legal, tienen que estar tipificadas o redactada la conducta que va a ser sancionada, por ejemplo, 'conducir manipulando telefonía móvil', 'conducir con consumo de alcohol excediendo los límites permitidos' o 'circular sin casco'. Todas estas conductas están tipificadas en la Ley Nacional de Tránsito, en el decreto reglamentario, y a nivel local en el Código Municipal de Faltas y cada una tiene una sanción, donde, en la mayoría, la sanción principal es la pena de multa", explicó la jueza.
Cabe recordar que las multas se regulan a través de la Ley Nacional de Tránsito por unidades fijas (UF) que están establecidas por el costo de la nafta súper, es decir que una UF tiene el valor de un litro del combustible. Actualmente, en el mes de enero, es de 99,10 pesos (aún no se aplicó el último aumento de las naftas) y en la provincia de Santa Fe está previsto para ser aplicado a multas de tránsito una reducción 50 por ciento (49,5 pesos). A su vez, cada infracción tiene un valor mínimo y un máximo establecidos.
"La Ley también plantea agravantes y atenuantes para cada circunstancia. Nosotros podemos analizar si hay antecedentes, si es un reincidente en la comisión de una infracción de tránsito. Siempre digo que el Tribunal de Faltas es un gran Observatorio de conductas viales que nos permite determinar si se establecerá el mínimo o máximo de la pena; si se aplicará el pago voluntario, que es un beneficio que puede ser solicitado por el infractor; si va a haber una pena accesoria a la multa; si la multa queda en suspenso; si también hay secuestro de un vehículo y demás", puntualizó.
Multas en números
Tanto el no uso de cinturón de seguridad, como el no uso del casco, tienen previstas multas que van de 30 a 100 UF, es decir entre 1.485 y 4.950 pesos.
La de conducir manipulando telefonía celular prevé una multa de 300 UF como mínimo y 1.000 UF como máximo. Es decir entre 14.850 y 49.950 pesos.
Conducción con alcoholemia positiva (superior a 0,5 en automovilistas y a 0,2 en motociclistas) tiene establecidas multas de 300 a 1.000 UF (entre 14.850 y 49.950 pesos). Además, en caso de contar con antecedentes o ser reincidente, se puede determinar la inhabilitación para conducir. Incluso, el nivel de alcoholemia detectado es un factor a tener en cuenta al momento de aplicar la sanción.
La obstrucción de rampas para discapacitados, parcial o total, o el uso de espacios exclusivos para vehículos que transportan a personas con discapacidad, está incorporada en el estacionamiento de lugares prohibidos, previendo multas de entre 30 y 100 UF (entre 1.485 y 4.950 pesos). A su vez, la legislación local establece, a partir del 2021, la accesoria de tarea comunitaria. En caso de reincidencia puede llegar a la inhabilitación para conducir.
El exceso de velocidad también determina multas de entre 300 y 1.000 UF (14.850 y 49.950 pesos).
"Entiendo que el espíritu de los legisladores que aprobaron las normativas es imponer sanciones más altas a conductas más graves, con lo cual todas aquellas infracciones que tengan multas que parten de las 300 UF hasta las 1.000 UF son más graves, por el peligro que generan para ellos y para terceros. Allí están incluidas la alcoholemia positiva, la conducción manipulando celular, el giro a la izquierda, el exceso de velocidad, cruzar un semáforo en luz roja", enumeró.
Pago voluntario
En la mayoría de los casos, cuando se trata de la primera infracción y no se cuenta con antecedentes, se puede solicitar la aplicación de un pago voluntario que se aplica sobre el mínimo y se le hace un descuento del 30 por ciento. A excepción de las multas por alcoholemia positiva, que no está permitida su aplicación.
"Se presume que el derecho es conocido por todos, nadie puede invocar que no sabía, pero sí se puede presentar cualquier tipo defensa, que puede ser considerado un atenuante o incluso posibilitar la eximición de la pena", destacó.