El Ministerio de Salud creó una nueva categoría para los productos vegetales a base de cannabis.
La resolución establece qué requisitos deben cumplir para ser considerados aptos en tratamientos terapéuticos. Buscan garantizar el acceso a los usuarios.
El Ministerio de Salud creó una nueva categoría para los productos vegetales a base de cannabis.
La medida permite definir una regulación específica para este tipo de productos con fines terapéuticos, diferenciándose de otras especialidades medicinales y de otros medicamentos herbarios.
La resolución del Ministerio es un paso más para facilitar el acceso seguro a este tipo de medicina. El objetivo, según explicaron desde la cartera sanitaria, es garantizar la calidad en la producción del cannabis medicinal y de seguridad para los usuarios.
Mediante la Resolución ministerial número 781/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación creó la categoría de “Productos vegetales a base de cannabis y sus derivados destinados al uso y aplicación en Medicina humana”.
Por medio de la resolución serán incluidos en esta nueva categoría aquellos productos cuya composición esté claramente definida y comprobable con porcentajes de THC menores o iguales a 0.3%.
En tanto, cuando la concentración de THC supere el 0.3% al producto se le aplicará el régimen correspondiente a las sustancias psicotrópicas.
La creación de esta categoría permitirá no solo ampliar su uso en diferentes patologías, sino que asegurará la certificación de los procesos de cultivo y elaboración requeridas por las agencias regulatorias nacionales e internacionales.
Según se indicó en la resolución, los productos deberán ser indicados por un médico prescriptor, quien definirá la formulación de una concentración conocida de principios activos (cannabinoides) y hará el control correspondiente, con la seguridad de la calidad del producto indicado.
Por otro lado, la distribución se realizará a través de farmacias bajo receta, mientras que la habilitación de los laboratorios de elaboración estará a cargo de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que fiscalizará la producción.
La resolución surge tras el anticipo de Carla Vizzotti, quien el pasado jueves había anunciado en La Rioja la creación de esta nueva categoría que permitirá la circulación de productos derivados de cannabis, con CBD, para consumo oral. Un uso que hasta el momento se aplicaba regularmente para los cosméticos.
Inscripción en el Reprocann
Desde la aprobación de la ley de Cannabis Medicinal durante 2017, fueron apareciendo regulaciones que buscan tanto impulsar su producción industrial como garantizar el acceso a la planta o sus derivados a quienes lo necesiten con fines médicos o terapéuticos.
Desde fines de 2020 y gracias a un decreto (el 883/2020) quedó permitido obtener una autorización para cultivar o acceder al cultivo mediante un tercero, y también se amplió el universo de personas autorizadas para tenencia y transporte (el consumo en la vía pública continúa prohibido).
A quienes les interese la actividad pueden acceder a formulaciones elaboradas en farmacias autorizadas, o bien pueden inscribirse en el Registro Nacional del Programa de Cannabis (Reprocann), dependiente del Ministerio de Salud de la Nación. Allí, se obtiene la autorización para un “cultivo controlado“.