El Gobierno nacional promulgó la ley que busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.
Fue uno de los dos temas que se aprobaron en la única sesión de Diputados en extraordinarias. Su puesta en funcionamiento deberá ser coordinada con las provincias y con CABA.
El Gobierno nacional promulgó la ley que busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.
Lo hizo a través del Decreto 144/2023 publicado este jueves en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La ley 27706 que crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina fue sancionada el 28 de febrero pasado, cuando estaba a punto de perder estado parlamentario, luego de la media sanción del Senado en noviembre de 2020.
Justo antes de obtener la sanción definitiva, Mónica Fein, diputada nacional rosarina y presidenta de la Comisión de Salud de la Cámara baja, explicó a El Litoral los alcances de esta norma. "Este programa permitirá garantizar que en todo el país haya una historia clínica digital única para cada persona, pertenezcan al sector público o al sector privado de atención sanitaria", dijo la legisladora en aquella oportunidad.
Al ser consultada sobre la importancia de contar con esta ley, evaluó que "la historia clínica es de las personas, de los pacientes. Sin embargo, en ocasiones ocurre que una persona se atiende en un sector y luego se pasa a otro, y tiene que empezar de cero".
En ese marco, el programa plantea un avance progresivo, "con un diseño e implementación de software que garantice, entre otros puntos, la protección de datos personales, confiabilidad, seguridad en quien carga los datos y autenticidad de las personas".
"Hoy unas 15 provincias tienen historia clínica digital no integrada ni interrelacionada con un subsistema nacional. Este programa, con participación del Ministerio de Salud y el Consejo Federal de Salud crea un proceso progresivo donde todas las historias puedan interrelacionarse y crear el sistema único", explicaba Fein.
Así, tal cual, lo detalla el texto de la ley que ahora fue promulgada cuando expresa que el objetivo del programa es instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas, respetando lo establecido por la ley 26.529 de Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud y por la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y sus modificatorias.
"En dicho sistema se dejará constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social".
Entre otras prerrogativas, establece que el sistema debe contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.
"La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias", señala la norma.
Además, garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada paciente desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando a este que la consulta de sus datos quedará restringida a quien esté autorizado.
La ley establece que el Gobierno nacional debe poner en funcionamiento este sistema y organizar su implementación en conjunto con las provincias y el distrito porteño. Y suma que la autoridad de aplicación tendrá que elaborar un protocolo de carga de historias clínicas, así como diseñar e implementar un software de historia clínica coordinando la implementación interjurisdiccional e instalar el software de forma gratuita en todos los hospitales públicos, nacionales, provinciales y municipales.
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