La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) anunció en el Boletín Oficial la prohibición de una marca de aceite de oliva.
El producto carecer de registros sanitarios y falsamente rotulado por lo que es considerado un producto ilegal.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) anunció en el Boletín Oficial la prohibición de una marca de aceite de oliva.
La Disposición 5752/2024 prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, así como en plataformas de venta en línea, del producto "Aceite de oliva extra virgen, marca Valle - Industria Argentina - Origen Mendoza - RNE: 133712506 - RNPA: 13182436" en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. Esto se debe a que carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado al incluir un RNE y un RNPA inexistentes, lo que lo convierte en un producto ilegal.
Asimismo, prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que exhiba en su rótulo el registro sanitario RNE: 133712506 y/o el registro sanitario RNPA: 13182436, por ser un producto falsamente rotulado que utiliza un número de RNE y/o RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegal.
En su considerando señala que las actuaciones se iniciaron a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
A su vez explica que el INAL realizó, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), las Consultas Federales dirigidas al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza a fin de consultar por los registros exhibidos en el rótulo del producto; quien respondió que tanto el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) 133712506 como el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 13182436, son inexistentes.