La decisión fue tomada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal 1 de San Luis, integrada por José Luis Flores, Silvia Inés Aizpeolea y Jorge Eduardo Sabaini Zapata, quien a su vez condenó a 22 años de prisión a Edivaldo de Oliveira Pereyra y Cristian Leandro Vilches como coautores del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”.
La Fiscal de Cámara, Carolina Monte Riso, fue la primera en exponer su alegato a la mañana donde aseguró que no tenías dudas sobre la responsabilidad de Lorenzetti, Oliveira Pereira y Vílchez, quienes “llevaron adelante un plan” que fue el de “someter a Romina a una ejecución”.
Sin embargo, reconoció que “no hay prueba directa en la contratación de los sicarios pero si hay hechos que nos dan por acreditada la participación en la organización, planificación y ejecución del hecho delictivo”, y en base a esas aseveraciones, solicitó la prisión perpetua para los tres. Marcos Juárez, defensor Lorenzetti, aseguró en cambio que no “hay pruebas que lo vinculen al hecho” y en su lugar apunto que la actuación policial en la causa fue “incausada, irregular e ilegal”, y señaló a sus responsables con nombre y apellido.
Tenés que leerAsesinaron a la mujer de un intendente: "la mandaron a matar"Aseguró, que hubo motivos para indagar y procesar a su defendido, porque había “probabilidades fundamentadas”, pero que a cuatro año del crimen “no existen certezas”, y lo señaló como un obstáculo “insoslayable” para el dictado de una condena”. A su tiempo, el defensor de Leandro Vilchez, Jorge Sosa, aseguró que no se “encontró, ni se encontraran pruebas para responsabilizarlo” y pidió que ante esa falla instructiva se aplicara la figura de “indubio pro reo”.
Por su parte, Olga Allende, representante de Edivaldo de Olivera, alias “el brasilero”, fue más allá, al comparar el accionar policial en la causa con el proceder de los militares en la época del último golpe militar de 1976. “A mi cliente se lo intercepta, se lo sustrae, se lo retiene y se lo tortura”, dijo, “para conseguir una declaración violatoria de los derechos humanos con la misma metodología del proceso militar”, aseguró.
Agregó que en su calidad de extranjero, la policía procuró una declaración “rápida y perfecta”, en lugar de informar su situación al consulado para que fuera asistido en sus derechos. Sobre el cambio de su declaración en esta instancia del proceso, Allende argumentó que era fruto de las “presiones recibidas, las persecuciones, y las torturas con amenazas de muerte” que se le propinaron en el penal desde su detención.
Finalmente, el Tribunal absolvió al exintendente Lorenzetti y ordenó su inmediata libertad, mientras condenaron a los otros dos imputados a 22 años de prisión. El homicidio de Romina Aguilar se produjo en la puerta de su casa, a las 6.15 de la mañana del 30 de enero del 2016, cuando la mujer se dirigía a La Calera, para finalizar sus estudios secundarios.
En ese escenario, la víctima, de 32 años, fue sorprendida por dos hombres que se conducían en una moto, cuando uno de ellos la tomó por asalto y disparó dos veces contra su cuerpo provocándole la muerte en el lugar. El juicio comenzó el 19 de diciembre del año pasado y por el recinto pasaron más de 60 testigos.
En sus indagatorias, Vílchez y Lorenzetti sostuvieron su inocencia y Oliveira Pereira cambió su declaración afirmando que fue amenazado, secuestrado y golpeado por efectivos de la División Homicidios para que inculpara a los demás. El juicio, que había sido suspendido cuando comenzó el aislamiento obligatorio por el coronavirus, se reanudó el 16 de junio, bajo la modalidad virtual y presencial.