Guillermo Carlos Morcillo fue condenado a 16 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija adolescente de una mujer que era su pareja en Santo Tomé.
Guillermo Carlos Morcillo, de 55 años, sometió a la hija de quien era su pareja. La sentencia fue unánime.
Guillermo Carlos Morcillo fue condenado a 16 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija adolescente de una mujer que era su pareja en Santo Tomé.
La sentencia impuesta al hombre de 55 años fue dispuesta por unanimidad por los jueces Rosana Carrara -presidenta del tribunal-, Nicolás Falkenberg y Sergio Carraro, en un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La investigación tramitó en la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 1 y el fiscal que representó al MPA en el debate es Roberto Olcese.
El funcionario del MPA indicó que "los ilícitos fueron cometidos en numerosas ocasiones entre 2018 y 2020, época en la que la víctima transitaba su escolaridad secundaria", y aclaró que "actualmente, ella es mayor de edad".
Según afirmó Olcese, "Morcillo atentó contra la integridad sexual de la hija de su pareja en una vivienda en la que convivían, así como en lugares a los que la llevó engañada, como una casa abandonada y un estacionamiento".
"Por temor a sufrir daños mayores, durante varios años la víctima no le contó a nadie sobre las situaciones a las que el agresor la sometía", aseveró el fiscal.
“La denuncia que originó la investigación fue realizada por la madre de la víctima", informó el Dr. Olcese. En tal sentido, explicó que "la mujer se enteró de los abusos a través de dos amigas de la adolescente a las que contactó preocupada por conductas inhabituales que advertía en su hija".
Tras la lectura del veredicto al finalizar el juicio seguido contra Morcillo, el fiscal valoró que "fue condenado por la calificación penal de los hechos que le atribuimos", y destacó que "el tribunal le impuso la misma pena que solicitamos en nuestros alegatos".
Morcillo fue condenado como autor de “abuso sexual con acceso carnal calificado por la guarda y por la convivencia con la víctima, quien al momento de los hechos era menor de 18 años”.
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