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Empresario maderero acusado por abuso sexual

Apartan a defensores de Dolinsky por no concurrir a una audiencia

La Justicia emplazó al imputado para que en 24 horas designe un abogado particular o se le asignará un defensor público. La OGJ deberá citar nuevamente a las partes para discutir una prórroga de la prisión preventiva.

Apartan a defensores de Dolinsky   por no concurrir a una audiencia Apartan a defensores de Dolinsky por no concurrir a una audiencia

Martes 26.11.2019
 16:30
Juliano Salierno
Juliano Salierno

El juez José Luis García Troiano decidió este lunes separar a los abogados Raúl Berizo y Germán Corazza de la defensa técnica de Alberto Héctor Dolinsky, el empresario maderero de 70 años, acusado por el presunto abuso sexual de una niña de 12 años -hija de un amigo-, cometido en 2014 en un hotel céntrico de la ciudad capital. El próximo 6 de diciembre vence el plazo de prisión preventiva domiciliaria que desde hace casi dos años atraviesa el imputado y este lunes iba a tener tratamiento una audiencia de revisión de la medida cautelar, pero sorpresivamente para las partes, la defensa no se hizo presente.


Por ello y tras casi una hora de espera, el magistrado resolvió “separar a los defensores Berizo y Corazza (...) por haber incurrido en negligencia y haber provocado deliberadamente la demora de la sustanciación de la causa, no compareciendo debidamente a la presente audiencia”, según consta en acta.


La resolución tiene cuatro puntos, de los cuales surge que se puso en conocimiento de lo ocurrido al propio Dolinsky, a quien García Troiano emplazó para que en 24 horas nombre nuevos defensores particulares; caso contrario se le designará la defensa pública. A su vez se ordenó notificar al imputado mediante un oficial de Justicia, con poder de allanar en caso de ser necesario; y por último, “correr vista al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados para que investigue la posible comisión de faltas concernientes al actuar ético de los abogados”.


Fiscalía y querella


La decisión de apartar a los abogados fue tras el pedido de la fiscal de la Unidad Gefas del MPA, Alejandra Del Río Ayala y del abogado querellante, José Ignacio Mohamad, quienes coincidieron en la necesidad de terminar con las maniobras dilatorias por parte de las sucesivas defensas que tuvieron a su cargo el caso.


“No es ésta la primera maniobra dilatoria” que se produce en la causa, señaló Mohamad, al referirse a “recusaciones y solicitudes de suspensión de audiencia sin fundamentos”. Sin ir más lejos, el mismo lunes y previo al inicio del acto oral y público, el juez García Troiano debió rechazar un nuevo planteo recusatorio intentado por la dupla técnica.


Para la querella, la defensa de Dolinsky “estaba debidamente notificado” y el juez “fundó su resolución” en ese sentido. Además, “minutos antes (Berizo) había estado en una audiencia por la misma causa”, en la cual tuvo tratamiento la situación de la coimputada, una mujer de nacionalidad brasileña.


En tanto, la Oficina de Gestión Judicial deberá reprogramar la audiencia para el tratamiento de la revisión de la prisión preventiva, para la cual, una vez citada la nueva defensa, ésta deberá ser notificada con tres días de anticipación, teniendo como límite máximo la fecha del 6 de diciembre en la cual vence la cautelar ordenada al comienzo de la investigación.


Acusación y preliminar


Tanto fiscalía como la querella presentaron en marzo y abril del año pasado la acusación contra el empresario maderero, para quien adelantaron que solicitarán 15 años de cárcel. La fiscalía lo considera responsable de “abuso sexual con acceso carnal”; en tanto que la querella lo acusa por “abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores”.


La audiencia preliminar, es decir, la última instancia antes de que se fije fecha para juicio oral, fue programada y suspendida en más de cinco oportunidades desde entonces. La última fue el 20 de septiembre, por lo que también se aguarda nueva fecha para su tratamiento.


El hecho investigado habría ocurrido el 2 de enero de 2014, en un hotel céntrico de la ciudad, donde residía el imputado. También allí se alojaba la niña -de entonces 12 años- y la pareja de su padre -también empresario del rubro maderero-, con quien Dolinsky mantenía relaciones de negocios y una estrecha relación de amistad. Según la versión de la niña en cámara Gesell, ese día la novia de su padre junto con el imputado mantuvieron relaciones sexuales en el solárium del hotel y luego en la habitación; fue obligada a tomar whisky y agredida sexualmente por el hombre. La denuncia fue radicada por el padre de la víctima a fines de 2016.

Declararon inválida la captura internacional para la brasileña


JS


Previo a la audiencia de revisión de la prisión preventiva para el acusado Alberto Dolinsky (ver nota principal), se celebró otra en relación a la situación legal de una mujer de nacionalidad brasileña, que también se encuentra implicada en el caso. Allí, la jueza Sandra Valenti resolvió declarar la invalidez de la captura internacional que había sido ordenada oportunamente por Interpol, para Lindaci Da Silva Miranda.


“Declararon la invalidez de la captura internacional de la brasileña Da Silva Miranda”, confirmó su abogado particular, Ignacio Alfonso Garrone. “Se había pedido la invalidez de la captura internacional, que se interpuso por Interpol hace varios meses a pedido de la fiscalía y ordenada por el Colegio de Jueces de Primera Instancia”, se explayó.


El representante local de la extranjera sostuvo en audiencia que “había sido irrazonable el proceso de citación”, dado que “se la convocó a una audiencia imputativa en estado de libertad, pero para que comparezca en Santa Fe en tres días”, explicó Alfonso Garrone, que planteó la imposibilidad de materializar dicho acto atento a las distancias existentes entre el lugar donde se sustancia el proceso y el domicilio de la acusada.


“Planteamos que era irracional porque es extranjera y pedimos que amplíen el plazo a 40 días”, pero “la fiscal omite nuestro reclamo y a los tres días pide la detención y luego ordenan la captura internacional”.


En ese sentido, la defensa alegó que “la invalidez de la detención correspondía no sólo porque los plazos eran irrazonables”, sino que “correspondía iniciar el procedimiento de rebeldía notificándola al domicilio real primero, y no ordenar la detención sin más”.


En cuanto a la situación legal de la mujer, se aguarda que la fiscalía remita las actuaciones al país vecino, para que se inicie el proceso bajo las leyes propias, atento a que no puede ser extraditada, y Da Silva Miranda habría optado por ser juzgada en su lugar de origen.

#TEMAS:
Judiciales

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