Como se recordará Mingarini fue llevado a juicio por "versiones periodísticas", supuestamente, por sostener que si un violador se coloca profiláctico no habría violación y, desde ese criterio, dejarlo en libertad. Pero los fundamentos fueron legalmente otros. Una rápida denuncia en su contra hizo que la frase se elevara a eslogan y, rápidamente, se disparó una andanada mediática que generó una fuerte condena social.
Sin embargo cuando se observan las imágenes y se presta atención al audio en la audiencia en la que evaluaba la condición de libertad del imputado del supuesto ataque, lo que el magistrado afirma es "lo que no puedo es relacionar y entrar en la lógica es la de colocarse el profiláctico para tener esa relación cuando tiene que someter a la víctima tomándola de las manos y al mismo tiempo colocarse el preservativo, la verdad es que no lo encuentro", dijo Mingarini en la imputativa en el que se evaluaba el denunciado ataque de un joven padre de familia a una mujer, vecina de una obra en construcción del atacante y su familia, que llevaba por lo menos 4 o 5 años.
Habrá que reconocer que la expresión de Mingarini fue tan sencilla como desafortunada: "No me cierra cómo hizo para ponerse el preservativo mientras le sostenía las manos", era la idea expresada. Pero de acuerdo con el argumento presentado por la fiscalía en el marco de la audiencia de medida cautelar en una investigación que recién se iniciaba, no fue tal la razón que lo determinó a decidir como lo hizo. Para el magistrado su decisión fue el colofón de innumerables contradicciones y falencias en la versión que manejó la fiscalía.
Fuentes vinculadas con la defensa del juez Mingarini explicaron a El Litoral que "Tampoco dijo, ni lo diría, que el uso de profiláctico excluye el tipo penal. La tergiversación deja al descubierto la mala fe, porque sus responsables tuvieron a su alcance el registro audiovisual de la audiencia".
Y deslizaron: "De paso, falta saber, y a nadie pareció importarle, cómo se filtró ese registro de video a gente ajena al proceso".
Entre los datos que no se han conocido de manera suficiente es que la alegada víctima nunca estuvo en la audiencia. Para quienes siguen de cerca el caso, la fiscal pudo llevarla (se trataba de una mujer de 46 años), pero por alguna razón prefirió no hacerlo. Además no había registros gráficos del lugar donde se dijo cometido el hecho (croquis, fotografías, descripciones verbales) y el único elemento que se acercó al juez fue el relato oral de la fiscal (vía Zoom) de su diálogo con la señora que denunció ser violada, además de testimonios que algunos resultaban contradictorios entre sí.
Otro de los elementos que se sopesan desde la defensa técnica de Mingarini es que no se trataba de una sentencia, sino de una medida cautelar, de modo que no quedaba sellada la suerte de la causa, sino que recién comenzaba. El tema en debate era la "libertad del atacante durante el proceso".
Y un elemento no menor, la fiscalía pasó al menos nueve meses con la investigación "dormida" y el imputado preso.
El 3 de mayo se cumplirá un nuevo capítulo de un juicio que despertó y que aún genera un gran interés público. Fuera de las pasiones y los prejuicios de culpabilidad o de inocencia, el tema es poder impartir justicia de modo tal que no exista avasallamiento de derechos de uno y otro lado. Hay quienes ya condenaron al juez Mingarini sin haber conocido siquiera los elementos que fueron sopesados para dictar un sentencia. En tanto, el magistrado elevó su alegato ante la Corte pero no logró la misma resonancia mediática. Se acerca el turno de la Corte.
Perfil y criterio del magistrado
Un docente de Derecho consultado por El Litoral expresó sobre la situación de los jueces sometidos a juicio que "la Corte Suprema tiene dicho reiteradamente que el enjuiciamiento de magistrados no es 'una evaluación general de la calidad del trabajo del magistrado (Gastaldi); que los jueces no pueden ser destituidos por el contenido de sus sentencias en cuestiones opinables; que ni siquiera los errores habilitan su exclusión. Lo que cabe reprochar a un juez es la ignorancia y el mal desempeño, este último como patrón de conducta en perjuicio del justiciable (cualquiera sea él)' ".
En este punto, desde la defensa del magistrado se sostiene que "Mingarini en los escasos tres años en que viene desempeñando la judicatura, no hubo declaración alguna de nulidad de sus sentencias ni autos interlocutorios. Sí se le revocaron algunas decisiones, pero nunca los jueces de segunda instancia le recriminaron su modo de aplicar el derecho, ni llamaron la atención sobre su modo de obrar. Simplemente, disintieron con sus fundamentos y revocaron".
Y apuntaron que "todas las sentencias definitivas que dictó Mingarini en materia de violencia de género y de delitos contra la integridad sexual, fue integrando tribunales colegiados y condenatorias, por unanimidad. Nada se dice, sin embargo, sobre los otros dos jueces votantes y firmantes en cada caso (que pudieron ser distintos, pues ya no existen las salas de apelación con composición fija)".