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Archivaron la causa

Caso Baraldo: el padrastro quiere querellar a la Junta de Salud Mental

"Existió por parte de la JSM un informe perjudicando la situación procesal de Carlos Gloor, atribuyéndole un carácter perverso", sostuvo su abogado al solicitar la constitución de querella. Fiscalía y defensa se opusieron.

Caso Baraldo: el padrastro quiere querellar a la Junta de Salud MentalCaso Baraldo: el padrastro quiere querellar a la Junta de Salud Mental

Lunes 10.4.2023
 18:14
Redacción EL
Redacción EL
|

Este lunes el abogado particular Martín Risso Patrón solicitó constituirse como querellante en una de las causas que se siguen contra los integrantes de la Junta de Salud Mental que intervino en el mediático caso Baraldo. En 2018, el tribunal que estuvo al frente del juicio por el abuso sexual al niño, además de condenar a sus abuelos maternos Nidia Noemí Morandini y Víctor Hugo Baraldo y a su tío Juan Pablo Baraldo, ordenó que se remitieran las actuaciones para que el MPA investigara el accionar de los profesionales que conformaron la JSM que entrevistó a los abuelos y al padrastro.

Risso Patrón representa a Carlos Gloor, padrastro de la víctima de abuso, quien sostiene que se vio perjudicado con el accionar de los profesionales Alba Elena Bielsa, Adriana Noemí Ferrer y Hugo Alejandro Haimovich. En el marco de la investigación penal por abuso sexual, estos entrevistaron a Gloor y confeccionaron un informe en el que lo tildaron de "perverso", entre otras cuestiones.

"Existió por parte de la JSM un informe perjudicando la situación procesal de Carlos Gloor, atribuyéndole un carácter perverso. Tal situación ha influido negativamente en su vida", señaló el abogado. "Ha sido motivo de publicaciones, marchas con carteles en contra de mi cliente, lo que le ha producido enorme cantidad de perjuicios, no solamente en lo personal sino también en lo económico, dado que no ha podido a esta altura conseguir un trabajo estable, se lo ha sindicado como una persona peligrosa y esa situación ha motivado que nos presentemos como querellantes en esta causa".

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Causa archivada

La fiscal Rosana Peresín se opuso a la pretensa querella, dado que "Gloor no reviste el carácter de ofendido, porque pretende asumir representación en delitos colectivos como la falsificación de documento, donde el bien jurídico es la fe pública, y en el delito de violación de deberes de funcionario público, donde se pretende proteger el normal desenvolvimiento de la administración pública".

Explicó que para ser querellante, se debe ser directamente perjudicado por el delito en cuestión, y "Gloor no reviste este carácter. Ya lo ha sostenido la Cámara de Apelaciones al revocar la constitución en querellante presentada oportunamente por su pareja, la Sra. Baraldo, al decir que no tiene legitimación activa en esta causa".

Ante la pregunta del juez José Luis García Troiano, la fiscalía informó que la causa fue archivada recientemente. Se investigó la posible comisión de tres delitos: incumplimiento de deberes de funcionario público, encubrimiento y falsificación de documento público. En cuanto al primero, "la figura sólo acepta una conducta basada en el dolo directo, lo que se considerada no configurado en el caso bajo análisis".

El "encubrimiento" se basaba en la consideración de que las manifestaciones vertidas en el informe serían "apresuradas", poseerían "términos poco claros desde el aspecto pericial" y "un lenguaje coloquial". "Se considera que las mismas no tienen entidad suficiente para desbaratar o frustrar la acción de la justicia, conducta que requiere un dolo directo y específico. En modo alguno puede considerarse que, mediante la acción atribuida, se esté ayudando a una persona a eludir investigaciones o a la autoridad misma".

Respecto del tercer delito, la falsificación de documento público, la fiscalía "no cuenta con elementos suficientes para sostener un requerimiento acusatorio". El archivo de la causa fue notificado a la denunciante la primera semana de abril, sin deber de hacerlo.

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En una línea similar alegó el abogado Horacio Coutaz, oponiéndose "por falta de cumplimiento de los requisitos, porque no existe una descripción del hecho que se pretende investigar y porque, por sobre todo, está claro que no existe legitimación para querellar debido a que los bienes jurídicos protegidos impiden la querella particular".

El juez García Troiano pasó la carpeta resolución.

Grabación

Gloor grabó la entrevista que le realizó la Junta de Salud Mental. Esto fue contrastado con el informe realizado por los profesionales, en el que "se entrecomillan palabras, situaciones y textos que en ningún momento se escuchan en la grabación", recordó el Dr. Risso Patrón.

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