Las fiscales de la ciudad de Rafaela, Ángela Capitanio y Gabriela Lema pidieron la nulidad de la resolución de primera instancia por la cual quedaron en libertad los dos jóvenes imputados como coautores del homicidio en ocasión de robo de Gonzalo Glaria cometido durante la mañana del 31 de diciembre. Así lo manifiestan las funcionarias en la apelación que presentaron en los tribunales de la ciudad cabecera del departamento Castellanos, informó la oficina de prensa del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Glaria falleció minutos antes del mediodía del martes 31 de diciembre de 2019 en Rafaela y como consecuencia, fueron detenidos e imputados dos jóvenes de 19 y 23 años.
Consultadas por la presentación realizada, ratificaron “el planteo que hicimos inicialmente y reiteramos que el hecho ilícito fue un robo seguido de homicidio, tal como lo establece el artículo 165 del Código Penal Argentino”. Asimismo, destacaron que “la Fiscalía siempre tuvo la misma posición, tanto en las audiencias imputativas como en las de medidas cautelares”, y en tal sentido recordaron que “si bien fue un ilícito complejo, como requiere la figura penal (robo y homicidio), se trató de un hecho único que no tuvo solución de continuidad”.
Las fiscales agregaron que “la muerte de Glaria fue con motivo u ocasión del curso de ejecución del robo. Pero aún en el caso de que así no fuera, es decir, aún cuando se considerase que el robo se había consumado al momento de la muerte, igualmente la agravante es aplicable. Así lo afirman la doctrina y la jurisprudencia aplicable”.
Por otra parte, Capitanio y Lema recordaron que “tanto las evidencias como la calificación legal que se requieren en esta etapa procesal para dictar la prisión preventiva de los imputados, son en grado de probabilidad”.
“Entendemos que el sustento jurídico es sólido, las evidencias reunidas hasta el momento en la investigación son contundentes y avalan la teoría del caso que planteamos desde la Fiscalía”, sostuvieron Capitanio y Lema.
“Siempre señalamos que los dos imputados actuaron con dolo eventual, porque en todo momento conocían el peligro que creaban si huían en su moto realizando maniobras evasivas, y es por eso que aceptaron la posibilidad de que se produjera lo que finalmente ocurrió”, explicaron las fiscales. También argumentaron que “ese peligro fue concreto y jurídicamente desaprobado. Los jóvenes investigados lo conocieron al delinear el plan delictivo, al momento de ejecutarlo y también cuando vieron que eran perseguidos por Glaria”.
“A pesar de todo ello, los imputados continuaron sus maniobras evasivas con tal de lograr su objetivo, que era disponer libre y plenamente de los bienes sustraídos, es decir, consumar el robo”, añadieron las fiscales.
También subrayaron las fiscales que “el tribunal de primera instancia incurrió en arbitrariedad al fraccionar infundadamente el hecho en dos eventos ilícitos: el robo a los menores por un lado, y la muerte de Glaria por el otro”.
“Afirmar que todo lo ocurrido se debió a la conducta temeraria de Glaria es ofensivo e injusto”, remarcaron. En esa dirección, concluyeron que “Glaria actuó de manera justificada. Su conducta fue en legítima defensa de los menores que habían sido golpeados y desapoderados de dinero y de un teléfono celular, y para intentar impedir la huida de los autores del robo”.