La defensa de Leandro Spies, el acusado por violación en la causa que originó el jury al ex juez Rodolfo Mingarini, solicitó la revisión de la prisión preventiva en la que se encuentra desde hace más de un año.
El juez Jorge Patrizi consideró que "hay evidencia objetiva que hace a la probabilidad de que esta relación no fue consentida" y desestimó el planteo de la defensa de que las evidencias no habían sido puestas a su disposición.
La defensa de Leandro Spies, el acusado por violación en la causa que originó el jury al ex juez Rodolfo Mingarini, solicitó la revisión de la prisión preventiva en la que se encuentra desde hace más de un año.
Durante dos horas y media, primero los abogados Martín Risso Patrón y Julián Saín, luego los fiscales Celeste Minniti y Matías Broggi, expusieron los elementos con los que cuenta la causa contra Leandro Exequiel Spies. La audiencia se realizó el pasado jueves 27 de octubre, ante el juez Jorge Patrizi, quien luego analizó todos los elementos presentados por las partes.
Este pedido de revisión de la cautelar se dio en medio de la realización de la audiencia preliminar (aquella en la que se define qué prueba podrá producirse durante el juicio), que se encuentra suspendida a pedido de la defensa.
Patrizi resolvió no hacer lugar al planteo de los representantes del acusado, tras considerar que "no han variado las circunstancias tenidas en cuenta por el camarista -Dr. Fernando Gentile Bersano- cuando se dispuso la medida" en julio de 2021. Además, señaló que "hay elementos objetivos que hacen a la probabilidad de que esta relación no fue consentida", y desestimó el planteo de que las evidencias no habían estado a disposición de la defensa.
Durante la audiencia de revisión, "lo que se verifica son los nuevos elementos aportados que puedan hacer variar, en su caso, la resolución de prisión preventiva dispuesta oportunamente", señaló el juez Patrizi al inicio de sus fundamentos.
Aclaró que no se trata de una nueva valoración de los mismos elementos realizada por una nueva defensa: "La estrategia de la defensa puede ser distinta, que no haya utilizado o no haya visto -las evidencias- eso es aparte de la estrategia. Lo que sí podría dar lugar a una circunstancia especial es si no se las mostraron, cosa que aquí no ha ocurrido".
"Si estuvo disponible y al alcance de la parte, y la parte no lo valoró, creo que no indica mala información, sino estrategia de la defensa", destacó. "Sobre todo lo que se ha incorporado -en esta audiencia-, lo único nuevo es lo que dice la médica y el audio del 911", aunque el contenido de este último ya se había expuesto en la primera audiencia de medidas cautelares, sólo que no se había reproducido el audio.
Uno de los primeros planteos realizados por el Dr. Risso Patrón -quien había renunciado a la defensa pero fue designado nuevamente al comienzo de la audiencia- giró en torno a la identidad de una testigo: "Lala". "Cuando se hace la audiencia de primera instancia, el juez Rodolfo Mingarini, le pregunta a la fiscal quién es 'Lala', y la fiscal le dice que es la vecina de al lado, que es amiga. Una manifestación que no se corresponde con la realidad", reprochó el abogado.
Minniti reconoció el error, y cuestionó la relevancia de esto en la decisión final. "Parece que el defensor nunca asistió a una audiencia de prisión preventiva, donde uno no lee sino que argumenta", señaló. Además, aclaró que el abogado que ejercía la defensa en aquél entonces "tenía a disposición la información correcta y podría haber hecho tal apreciación", cosa que no hizo "porque claramente esto no es relevante".
En su fallo, Patrizi indicó que "los errores en cuanto a un nombre suceden todos los días, y justamente es propio de tener tantos nombres en la memoria en el momento de dictar la resolución -los jueces-, o alegar las partes. Lo que hay que analizar es qué consecuencias trae esto, y realmente no hay ninguna que podría haber hecho variar la resolución" de aquél entonces.
"Creo que eso no afectó la resolución de primera instancia, ni la de segunda instancia". De hecho, saber "quién es 'Lala', tampoco es trascendente para resolver la cuestión de si -el caso- amerita revisión de la prisión", explicó el magistrado.
Respecto a cómo el atacante ingresó al domicilio de la víctima, ella "siempre indicó lo mismo", que él "mete la mano por la ventanita y abre la puerta", señaló el juez. Más allá de que esto no sea lo consignado en el acta de procedimiento, labrada por la policía después de haber entrevistado a la víctima, no durante.
Esto ya fue analizado, "el juez de cámara indica que -Spies- ingresa de forma abrupta valiéndose de una mentira, la toma del brazo dejándole una marca, la viola y lesiona", detalló Patrizi. La valoración se relaciona con la cuestión del consentimiento o, mejor dicho, la falta del mismo.
También en cuanto al no consentimiento, el juez se refirió a los dichos de la defensa respecto de que la víctima ejercería el trabajo sexual, considerándolo irrelevante. "En realidad lo que interesa es el hecho, si hubo una falta de consentimiento por parte de la persona".
En esa línea, la fiscalía había criticado previamente las valoraciones realizadas por la contraparte: "La verdad es que mucho se ha hablado sobre la vida sexual de la víctima. Dice la defensa que a ellos no les importa, sin embargo la traen a colación constantemente. A esto la fiscalía no lo puede permitir, y no lo podemos permitir los operadores judiciales teniendo en cuenta los precedentes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Son inadmisibles las pruebas relativas a la vida sexual y social de las víctimas para fundamentar, o querer salvar en realidad, la situación vivida de violencia sexual en hechos de violencia de género".
"De hecho, estas son situaciones que se han investigado, por ejemplo, en la causa de Lucía Pérez y han merecido la nulidad del fallo por parte de la Corte de la Provincia de Buenos Aires", recordó Minniti.
Aquí "el hecho es: hubo una relación sexual, ¿fue o no consentida? Hay elementos objetivos que hacen a la probabilidad de que esta relación no fue consentida", explicó el Dr. Patrizi. La respuesta final la dará el tribunal de juicio, al evaluar las pruebas.
Otro de los puntos en el planteo defensivo fueron las menciones de una médica, quien trató a la víctima. De hecho, la profesional asistió a tribunales con la pretensión de declarar ante el juez, algo que no sucedió pese a que los abogados de Spies lo solicitaron.
"A mi no me interesa para resolver la cuestión -la revisión de la preventiva-, no tiene incidencia en el juicio", dictaminó Patrizi. Las cuestiones de salud de la víctima no guardan relación con el foco de la cuestión, "acá estamos discutiendo consentimiento o no consentimiento" de una relación sexual.
La médica "puede aportar a la enfermedad o no de la víctima, -pero- esa enfermedad, hasta donde se ha indicado, creo que no tuvo ninguna incidencia respecto del hecho". Esto "es intrascendente", y que la profesional "le crea o no a la víctima, también lo es".
En cuanto al registro del 911 en el que la víctima denunció el hecho, el mismo fue reproducido durante la audiencia a pedido de la defensa, ya que para ellos este "aporta información de calidad superlativa, -sobre todo- el tono de las voces". Risso Patrón cuestionó la calma de ella, y dijo que el ruido de fondo es en realidad su cliente "diciendo 'no, yo no te violé', y claramente se lo escucha llorando", y recordó que él tenía 23 y ella lo doblaba en edad.
La fiscal Minniti respondió que si bien "es propio del juicio establecer qué es lo que dice", la contraparte "habla de la voz de la víctima, la tranquilidad con la que llama, y menciona la edad. Esta apreciación no hace más que ser muestra de la carga de estereotipos que tiene la teoría de la defensa para valorar esta situación". Cada vez que declara, la mujer se refiere a una enfermedad que padece desde niña, razón por la cual "esa es su forma de hablar, es mecanismo para no ponerse nerviosa".
Patrizi valoró que "la defensa dice lloraba, la víctima dice 'me estaba haciendo burla'. A mi no me da ninguna impresión de que llorara". Aún así, "el tono y la forma son cuestiones a evaluar en el juicio".
"No han variado los planteos de la defensa" respecto de la primera audiencia cautelar y "los riesgos procesales -también- son los mismos". Además, la víctima denunció que el padre del acusado fue a su casa a pedirle que levantara la denuncia, y un tribunal dispuso una perimetral. "Cuando hablamos de entorpecimiento probatorio, creo que eso es un elemento que nos está indicando la probabilidad", señaló Patrizi.
El magistrado resolvió que "atento a que no han variado las circunstancias tenidas en cuenta por el camarista cuando se dispuso la medida, corresponde mantener la prisión preventiva de Leandro Spies".
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