Este miércoles se realizaron los alegatos finales en el juicio por el crimen del agenciero de turismo Hugo Oldani, ocurrido el 11 de febrero de 2020 en su local del microcentro santafesino. Fiscalía y querella reiteraron su pedido de condena a prisión perpetua para los dos acusados, mientras que las defensas insistieron con la absolución y apuntaron contra la investigación.
Juan Manuel Ruffino y Andrés Federico Kaipl llegaron a juicio señalados como “partícipes principales” de la “tentativa de robo calificado” y del “homicidio doblemente agravado” de Oldani. Este jueves a las 12.30 el tribunal, compuesto por la jueza Celeste Minniti -presidenta- y los jueces Sebastián Szeifert y Pablo Spekuljak, dará lectura a su veredicto.
Este miércoles, en la última jornada de debate previa a la sentencia, las partes realizaron sus alegatos de clausura. Los magistrados escucharon durante más de ocho horas las exposiciones de los fiscales Gonzalo Iglesias y Estanislao Giavedoni, los querellantes Agustín Márquez y Ramiro Díaz Duarte, y los defensores Sebastián Amadeo -por Ruffino- y Gustavo Abraham -por Kaipl-.
“Aporte esencial”
El bloque acusador solicitó que Ruffino y Kaipl sean condenados a prisión perpetua. Señalaron que ambos acusados realizaron un “aporte esencial” para la comisión del plan delictivo que derivó en la muerte de Oldani.
Mirá tambiénComplicado comienzo de semana en el juicio de la causa OldaniEn concreto, consideraron probado que Ruffino llevó hasta la Galería Rivadavia y luego trasladó hasta un lugar seguro a Cristian Bruno Figueroa -quien disparó a Oldani-, a Agustina González -condenada como coautora por la Justicia de Menores-, y a Brian Nahuel Damiani -el “campana”, condenado como partícipe secundario del crimen-.En cuanto al relacionista público “Andresito” Kaipl, fiscalía y querella indicaron que la mañana del hecho realizó “tareas de inteligencia” al reunirse -junto a Ruffino, Figueroa y Damiani- con un hombre no identificado que les habría aportado los datos acerca de dónde, cómo y a quién asaltar, para luego acercarse solo a la Galería Rivadavia y fotografiar o grabar el frente del local de Turismo Oldani. Esto, aproximadamente a las 11.09 de la mañana del hecho, momento en el que su celular se encontraba en esa zona.
Tanto fiscalía como querella sostuvieron que, a través de las declaraciones de los testigos, quedó probado que la tarde del crimen el relacionista público escoltó, a bordo de su Fiat Palio Fire oscuro, al Toyota Corolla blanco que conducía Ruffino.
Robo, no cobranza
La fiscalía sostuvo que la banda acudió al local de Oldani para asaltarlo, y no para realizar una cobranza, como fuera declarado por Ruffino al comienzo del debate. El acusado dijo que se habían acercado allí para cobrar intereses de David Perona, el rey del juego clandestino de Rafaela.
La fiscalía hizo hincapié en los registros de las cámaras de seguridad que mostraron cómo Figueroa abordó a Oldani, forcejeó con él y lo ejecutó cuando el agenciero se encontraba en el suelo. A esto, le sumó las conversaciones mantenidas entre el “tirador” y Ruffino, en las que se referían a robos y entraderas.
Invalidez
El defensor público Sebastián Amadeo solicitó la absolución de culpa y cargo de Ruffino, tras alegar que existieron irregularidades en la investigación por las que se debería declarar la invalidez. Se refirió a 20 circunstancias que, a su entender, invalidaban las actuaciones realizadas por los policías, peritos e investigadores que intervinieron en la causa.
Mirá tambiénCaso Oldani: el yerno dijo que retiró dinero de la agencia y un testigo clave habló de "robo"Por ejemplo, se refirió a la falta de la cadena de custodia correspondiente en diversos elementos secuestrados, la contaminación de la escena del crimen y la desaparición de dinero, documentos y dispositivos electrónicos de dentro de la agencia. Estos últimos, retirados por familiares del Oldani la noche del hecho, ante la fiscal Cristina Ferraro.
Para Amadeo, esto le quitó la posibilidad a su defendido de demostrar que lo ocurrido la tarde del 11 de febrero de 2020 fue una cobranza, como sostuvo al inicio del debate, y no un robo.
Debido a las irregularidades expuestas, el defensor señaló que no se puede condenar a Ruffino, y citó la doctrina del fruto del árbol envenenado, que torna inadmisibles las pruebas a las que se arribó de manera ilegal.
El prestamista
El defensor de Kaipl, Gustavo Abraham, sostuvo que de los miembros de la banda, su cliente sólo conocía a Brian Damiani. Además, señaló que la tarde del crimen Kaipl se encontraba realizando cobranzas en el centro junto a un socio prestamista, y que fueron a encontrarse con el “campana” en la zona del palomar, cerca de la Galería Rivadavia, ya que éste le debía dinero a su socio.
El abogado cuestionó la falta de investigación en torno a este prestamista, cuyos datos fueron puestos a disposición de la fiscalía desde el momento de la detención de Kaipl, en diciembre de 2020. Además, tildó de “circunstanciales” las pruebas en las que se sostienen la acusación que pesa sobre su cliente, tildando de un mero “indicio” el impacto de antena de su celular y marcando contradicciones en la declaración de Biran Damiani -quien aportó el nombre de Kaipl a la justicia, dando inicio a la investigación en su contra-.
Abraham también cuestionó que la fiscalía desistiera de algunos testigos que oportunamente había citado al debate. En concreto, se refirió a los jefes policiales que intervinieron en la investigación y actualmente se encuentran procesados por la Justicia Federal junto a la fiscal Ferraro.
Mientras ambas defensas esperan la absolución, el bloque acusador pretende la condena máxima. Este jueves al mediodía los jueces resolverán la cuestión, dando a conocer su veredicto.
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