Un hombre de 50 años identificado como Cristian Abel Godoy fue condenado a 10 años de prisión por haber abusado sexualmente de la nieta menor de edad de su pareja en la ciudad de Santa Fe.
Impusieron 10 años de prisión a Cristian Abel Godoy, de 50 años, por los reiterados sometimientos.
Un hombre de 50 años identificado como Cristian Abel Godoy fue condenado a 10 años de prisión por haber abusado sexualmente de la nieta menor de edad de su pareja en la ciudad de Santa Fe.
La sentencia fue dispuesta por el juez Gustavo Urdiales, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos desarrollado en los tribunales santafesinos.
La fiscal Alejandra Del Río Ayala estuvo a cargo de la investigación, mientras que la fiscal Milagros Parodi representó al MPA en la audiencia. Ambas forman parte de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 1.
Parodi afirmó que “Godoy agredió sexualmente a la víctima en reiteradas oportunidades entre 2020 y 2022 en la vivienda de la abuela de la niña”, y aclaró que “los abusos se dieron en la pileta del inmueble que compartían”.
"En esa época, la víctima estaba a cargo de su abuela”, explicó Parodi y agregó que “el condenado convivía con ambas a raíz de la relación que tenían el condenado y la mujer”.
En relación al origen de la investigación, la funcionaria del MPA destacó que "a partir de un llamado de atención de la institución educativa a la que concurre la niña por cambios en su desempeño escolar, la madre habló con ella, quien pudo develar los padecimientos que había sufrido por parte de la pareja de su abuela".
Godoy admitió expresamente su responsabilidad penal como autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal calificado por la convivencia”.
Junto con su abogada defensora aceptaron la calificación legal seleccionada por la fiscalía, el monto de la pena, el modo de ejecutarla y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.
Parodi destacó que “en la audiencia de juicio abreviado también estuvieron presentes la querella y la progenitora de la niña, quienes manifestaron su conformidad con lo dispuesto”.