Domingo 15.3.2020
/Última actualización 17:52
La subcomisaria Nadia Lucrecia Soperez fue condenada a ocho años y seis meses de prisión por delitos que cometió mientras se desempeñaba como subjefa del Comando Radioeléctrico de la Costa. Así fue resuelto por el juez Nicolás Falkenberg en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos.
La pena impuesta Soperez es por la coautoría de los delitos de tortura; apremios ilegales; vejaciones; severidades; privación ilegítima de la libertad; amenazas coactivas; falsedad ideológica en instrumento público agravado (por ser ejecutado por funcionario público con abuso de sus funciones); allanamiento ilegal; robo calificado y hurto calificado (por ser en poblado y en banda y por ser ejecutado por personal policial). La pena también se le impuso por la autoría de los delitos de abuso de armas, violación de secreto y amenazas coactivas; y por su participación necesaria en el delito de robo calificado (por ser cometido por personal policial).
La investigación se inició en noviembre de 2017 y fue dirigida por los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez.
“La condenada aceptó su culpabilidad. También manifestó su conformidad con los hechos ilícitos atribuidos, la calificación legal de todos ellos, la pena que solicitamos en cuanto a su monto y en cuanto a su modo de ejecución, y el procedimiento abreviado elegido”, destacaron los fiscales. Asimismo, remarcaron que “se trata del primer caso en el que un policía es condenado por el delito de torturas en el ámbito de la justicia provincial”.
También precisaron que “Soperez fue condenada por la coautoría de 52 delitos, la participación en seis delitos más y la autoría de otros cinco. La mayoría de las conductas fueron cometidas en 2017 mientras cumplía funciones como subjefa del Comando Radioeléctrico de la Costa. Además, en algunas oportunidades, su accionar fue resultado de la previa distribución y asignación de tareas que hizo junto a los otros policías que delinquieron y a quienes seguimos investigando”.
Los fiscales del MPA indicaron que “en los hechos ilícitos cometidos en función policial, luego de cometer los delitos, la condenada y los otros policías investigados insertaron declaraciones falsas en las correspondientes actas de procedimiento policial, a sabiendas de lo que hacían y con la deliberada intención de ocultar los delitos que había cometido”. También añadieron que “los instrumentos que se falsearon en casi la totalidad de los hechos, son actas de procedimientos. Es decir, los documentos tienen como fin mismo anoticiar a la Justicia Penal de la probable comisión de hecho ilícitos. En otras palabras, desde el inicio mismo de la investigación, se procuró engañar a los distintos actores del sistema penal. Más aún, la condenada fue quien redactó personalmente la totalidad de las actas de procedimientos (según lo que consta en las mismas).
En tal sentido, concluyeron que “la condenada era la funcionaria policial con mayor rango en los procedimientos en los que fueron cometidos los delitos, razón por la cual le cabe una responsabilidad funcional mayor en relación a los otros policías investigados respecto del deber de cuidado”. Asimismo, indicaron que “según surge de la investigación, en algunos hechos, fue ella quien tuvo la participación más relevante en estos delitos”.
En relación a las circunstancias de los ilícitos y a las conductas desplegadas por la condenada, los fiscales puntualizaron que “vulneró múltiples derechos constitucionales a raíz del ingreso al domicilio de las víctimas de forma sorpresiva y sin la debida autorización.
Asimismo, en lugar de cuidar la pacífica convivencia social y la protección de los bienes jurídicos de todos los ciudadanos como correspondería a una funcionaria policial, Soperez actuó con desaprensión hacia la libertad y la propiedad de otras personas, utilizando para ello los conocimientos y las herramientas de trabajo que le fueron provistas por el Estado”.
Los fiscales también hicieron hincapié en que “algunas de las víctimas de los múltiples hechos ilícitos por los que fue condenada son mujeres, niños, personas con capacidades diferentes, lo que indica el estado de indefensión de víctimas en situación de vulnerabilidad”.
Otros condenados e investigados
Además de la condena impuesta a Soperez, hay otros tres policías condenados y seis más que continúan siendo investigados.
Los condenados son Juan Emilio Torres, Claudio Cerf y Gabriela Cerf. A Torres se le impuso una pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, Claudio y Gabriela Cerf fueron condenados cada uno de ellos a tres años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y para tener o portar armas de todo tipo.
Ademas, hay otros seis policías que integraban el Comando Radioeléctrico de la Costa que también fueron imputados y cuya investigación está en curso. De esas seis personas, dos están en prisión preventiva, dos en prisión preventiva domiciliaria y otras dos transitan el proceso en libertad. Los seis ya fueron acusados y se aguarda la realización de juicios orales y públicos para cada uno de ellos.
En relación a la situación procesal de cada uno de los investigados, los fiscales Hernández y Jiménez explicaron que “la prisión preventiva de las personas que están en esa situación fue revisada por jueces de distinta instancia en 15 oportunidades”. Los funcionarios del MPA agregaron que “desde que se inició la investigación y hasta la actualidad, ya intervinieron 10 jueces de primera instancia y cinco de segunda instancia, quienes opinaron acerca del mérito de la investigación realizada por la Fiscalía. Los 15 magistrados confirmaron, con el grado de probabilidad exigido en esta instancia de la investigación, que los hechos ilícitos existieron y fueron cometidos por los policías investigados”.
Una mujer que fue víctima se constituyó como querellante en la investigación. Contó con la representación de los abogados Federico Lombardi y Agustín Roubineau de la Oficina de Asistencia a la Víctima del Centro de Asistencia Judicial. La mujer manifestó su conformidad con el procedimiento abreviado, los hechos atribuidos y sus calificaciones legales, la pena solicitada y la modalidad de cumplimiento.
“Trabajamos articuladamente con los dos abogados querellantes, y sus aportes fueron significativos”, valoró Hernández y conluyó que “luego de constituirse como querellantes, los dos letrados acompañaron a la Fiscalía en todas las audiencias”.