Se trata de un puestero de 26 años al que se lo encontró responsable por el abuso de una niña de su familia a la cual la justicia ordenó que se le practique una Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Los jueces dieron un fallo novedoso.
Se trata de un puestero de 26 años al que se lo encontró responsable por el abuso de su prima a la cual la justicia ordenó que se le practique una Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
Se trata de un puestero de 26 años al que se lo encontró responsable por el abuso de una niña de su familia a la cual la justicia ordenó que se le practique una Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Los jueces dieron un fallo novedoso.
En un paraje rural de Junín de los Andes, una familia numerosa dedicada a la trashumancia transitó el cambio de paradigma por el cual las mujeres desde temprana edad podían ser iniciadas sexualmente por parientes mayores sin que nada de esto fuera observado como una aberración o delito.
Este miércoles, hubo un juicio con un fallo condenatorio a un joven puestero de 26 años que abusó en repetidas oportuinidades de su prima de 12 años que quedó embarazada. Esto dio origen a una causa judicial y a una Interrupción Legal del Embarazo (ILE). El juicio, del que participó un tribunal colegiado, fue a puertas cerradas, y tuvo elementos muy interesantes de análisis como es la ruptura de condiciones culturales que estaban naturalizadas y arraigadas.
Una parte de la numerosa familia vivía en la ciudad Junín y otra en un paraje alejado donde se dedican a la crianza de ganado menor con sus veranadas e invernadas propias de la trashumancia.
La defensa del puestero alegó que era un muchacho que desde chico estaba abocado a las tareas camperas y que tenía cierto desconocimiento de la ley pese a que terminó la educación primaria y tenía contactos fluidos en Junín de los Andes. Incluso, el joven se había encargado de confiarle a algunos conocidos que tenía una novia y que iba a ser papá, pero obvió contar que era su prima y que era menor de edad.
En el caso de la fiscalía y la Defensoría de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, se sostuvo que había una condición cultura existente donde tanto la abuela como la madre de la chica había sido iniciadas sexualmente a temprana edad e incluso convertido en madres.
La ruptura
Una persona que entra en escena en esta historia para derribar con esas practicas naturalizadas, fue la tía de la chica y posteriormente la abuela. "La abuela los vio que se estaban besando y les explicó a ambos que eso estaba mal", indicó una fuente.
La niña en Cámara Gesell manifestó, que su temor radicaba en la situación de embarazo porque no sabía que producto de esas prácticas se pudiera llegar a concebir un bebé. "Es decir, no tenía idea que las cosas que le hacía el primo la fueran a dejar embarazada. Desconocía la sexualidad", resumió.
Además, en dicha entrevista la pequeña nunca habló de noviazgo, cosa qué sí mencionó el puestero a sus amigos. A esto se suma que las intervenciones de otros profesionales sobre la familia determinaron que la niña estaba en situación de vulnerabilidad. De hecho, fue cuando la familia toma conocimiento de dicho embarazo que se radica la denuncia y la Justicia ordena la ILE casi de inmediato que se concretó cuando llevaba 29 semanas de gestación.
La causa finalmente llegó a juicio como abuso sexual con acceso carnal continuado. Los jueces Juan Pablo Balderrama, Patricia Lupica y Gustavo Ravizzoli resolvieron por unanimidad la responsabilidad penal e incluyeron la perspectiva de la niñez y también de género. Para los magistrados las pruebas que presentó el fiscal Manuel González fueron contundentes.
El fallo, es novedoso e interesante, no solo porque pone a resguardo la situación de una niña vulnerable, sino porque viene a revertir cuestiones culturales en el ámbito trashumancia