La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló un fallo de segunda instancia penal que le impedía a un escribano local constituirse como querellante en una resonante causa que se tramita en los fueros Civil y Penal de los tribunales santafesinos.
El profesional había sido denunciado y atravesó un duro proceso penal, en base a la utilización de un documento apócrifo que presentó su denunciante.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló un fallo de segunda instancia penal que le impedía a un escribano local constituirse como querellante en una resonante causa que se tramita en los fueros Civil y Penal de los tribunales santafesinos.
Se trata del escribano público Edgar Ariel López, a quien el Colegio de Jueces Penales de Segunda instancia le vedó la posibilidad de presentar querella en el marco de la investigación conocida como “Las Mercedes de Recreo SA”, de la cual asegura ser víctima.
La decisión judicial notificada el pasado 12 de diciembre a los abogados Martín Durando y Gonzalo Fuente, quienes representan a López desde el inicio del conflicto, implica haberle concedido al accionante un recurso de inconstitucionalidad, mediante el cual la Corte revocó la decisión del juez de la Cámara de Apelación Penal, Fernando Gentile Bersano.
Según se desprende del fallo suscripto por los ministros Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco, Mario Netri y Eduardo Spuler, el escribano López fue perjudicado por José Manuel Ruiz Moreno al comprobarse la utilización de documentación apócrifa. Puntualmente, se le endilga a este último haber utilizando actas societarias con la firma de su tía fallecida.
Los hechos se remontan al 2020, cuando Ruiz Moreno denunció a López y otros profesionales de Santa Fe y se constituyó como querellante, en un litigio por la propiedad de tierras en la ciudad de Recreo, que investigó la Unidad Fiscal de Delitos Complejos del Ministerio Público de la Acusación (MPA), por entonces a cargo de la Dra. Mariela Jiménez, Barbara Ilera y María Laura Urquiza.
En el marco de dicha causa penal, el escribano López y su hermano contador Ovidio López fueron allanados y detenidos, además de haber sufrido una serie de embates civiles basados en lo que ellos mismos definen como una “mentira maliciosa de Ruiz Moreno”.
Tras recuperar su libertad y profundizar en la investigación de la documentación utilizada en su contra, López realizó en septiembre de 2021 una denuncia penal contra Ruiz Moreno, quien mediante documentos apócrifos pretendía erigirse como presidente del directorio de Las Mercedes SA.
Tal como entendió la Corte, Ruiz Moreno habría justificado el cargo utilizando un acta societaria falsa del 11 de abril de 2008. Dicha acta societaria, la Nº 34, aparecía firmada por la señora María Estela Ortiz Cabanne de Clusellas, lo cual era imposible porque había fallecido dos años antes de la reunión.
Según expresan desde la defensa del Escribano López, “la gravedad de este hecho es que a raíz de lo mencionado, Ruiz Moreno puso en tela de juicio las escrituras otorgadas por quien verdaderamente se encontraba habilitado en el Registro Público de Comercio como verdadero Presidente del Directorio de la SA, que era la familia Pirera, y eso desató una incertidumbre total en relación a los destinos del Loteo denominado Las Mercedes de Recreo, ocasionando su intrusión y poniendo en jaque la ilusión de compradores de uno y otro lado de la vereda”.
Como dato de contexto, cabe aclarar que Ruiz Moreno se valió del Acta Nº 34 que le confería falsamente la presidencia de la sociedad, para otorgar poderes e incluso ante otra escribana santafesina, para vender lotes de la SA en favor de una inmobiliaria de Santo Tomé, los cuales nunca solicitaron informes al Registro Público donde les hubiesen informado que las autoridades de la sociedad era la familia “Pirera”, y que Ruiz Moreno no tenía representación acreditada de la sociedad y por ende, tampoco tenía legitimación para actuar como lo hizo.
La medida del máximo tribunal provincial “vino a poner las cosas en su lugar” al revocar la decisión del Dr. Bersano del 29 de agosto de 2022, que le bloqueaba la posibilidad de ser parte querellante, señalan desde el entorno de López.
El camarista Gentile Bersano había dejado sin efecto lo resuelto en primera instancia por el juez penal Héctor Gabriel Candioti, quien previamente -el 27 de junio de 2022- sí había concedido el derecho reclamado.
En definitiva, la medida adoptada de la Corte se completa con la remisión del expediente ante un tribunal subrogante, para que juzgue nuevamente la causa conforme a las nuevas pautas.
Fallo Ruiz Moreno s. Const. Querellante by El Litoral on Scribd
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