Por Gustavo Capeletti
Cinco de los siete implicados fueron imputados en los tribunales de Reconquista. La jueza Claudia Bressán les dictó la prisión preventiva sin plazo. Los dos restantes fueron indagados en el Juzgado de Menores.
Por Gustavo Capeletti
Ocho fracturas en la cabeza, tres de ellas en la zona mala, maxilar y esfenoidal causadas con un palo de 60 centímetros, y un golpe en la región auricular asestado con un hierro; hemorragia por la nariz, lesiones externas, quemaduras de segundo y tercer grado, ya que cayó sobre un fuego con el que cocinaban un guiso; lesiones post mortem en los glúteos, producto de haber sido arrastrada; numerosas muestras de semen en el cuerpo por abusos sexuales reiterados dentro y fuera de la casa del horror.
Todo ese cúmulo de evidencias contundentes, además de los testimonios de los dos menores implicados y de exponer que la menor agonizó dos horas antes de morir, aportó el fiscal de la Unidad de Género de Reconquista, Aldo Gerosa, para imputar a los “probables autores” del brutal y aberrante femicidio de Rocío Vera, la menor de 14 años y embarazada de dos meses que fue hallada asesinada en la tarde del lunes pasado en un baldío del barrio Carmen Luisa.
En la audiencia imputativa realizada en la tarde del viernes en la Oficina de Gestión Judicial de Reconquista mediante Zoom y presidida por la juez de IPP Claudia Bressán, el fiscal Gerosa los acusó de “entre la 1:20 y las 2 del domingo pasado haber convencido a Rocío Magalí Vera a concurrir a una casa abandonada denominada ‘Despensa Santa Rita’, ubicada sobre la calle Interbarrial”.
Dijo en su relato que “en la casa se hallaban presentes Ezequiel ‘Pulo’ Godoy, sus hermanos Leonardo Gastón Godoy y Juan Daniel Godoy, y Carlos Altamirano, Pascual Fagundez, Luis Quintana y el menor de edad L. V.”.
Y les endilgó que en determinado momento comenzaron a “decirle que la iban a violar, y cuando Rocío comenzó a gritar, haberle tapado la boca” (Leonardo Godoy), mientras Altamirano y Fagundez la forzaban.
Según la acusación, la joven fue abusada sexualmente por uno de los tres hermanos Godoy, Altamirano, Quintana, Fagundez y el menor L. V.
Salvaje agresión
En determinado momento la niña intentó correr y “Ezequiel Godoy la golpeó con un palo de madera de eucaliptus cerca de la oreja y luego dos veces más en la frente y en el cuello, en tanto que ‘Lele” Fagundez tomó un caño de color gris y la golpeó en el cachete y en la zona orbital, quedando semiinconsciente la víctima”, aseguró Gerosa.
En la acusación, agregó que “también Leonardo Godoy, Juan Godoy y Leonardo Altamirano le pegaban golpes de puño para que no escape”, para luego el último esconder el hierro en un tacho que había en el antro.
Luego, “la llevaron al pastizal ubicado al fondo de la casa del predio vecino, para lo cual debieron cruzar el cuerpo por arriba de un tejido de alambre y lo arrojaron en un montón de tierra y basura, donde nuevamente la accedieron carnalmente entre todos, aún estando con vida la víctima”, reconstruyó el fiscal a cargo del caso.
Dijo que “carpieron el suelo para borrar manchas de sangre que habían quedado y empujaron el cuerpo más adentro del descampado hasta ocultarlo entre las malezas casi totalmente desnudo; de ahí en más se repartieron las ropas de Rocío y se fueron sus casas”. “Antes de retirarse amenazaron de muerte al menor L. V. para que no revelara lo ocurrido”, hizo constar.
Los delitos
El fiscal Gerosa calificó al hecho como homicidio triplemente agravado por mediar violencia de género, por la intervención activa de menores de edad, y criminis causa para consumar y ocultar otro delito, en concurso real con ese otro delito que es el de abuso sexual agravado por ser cometido por dos o más personas y por la intervención de dos menores de edad.
Son considerados autores del abuso sexual agravado los cinco detenidos, en tanto que para el homicidio triplemente agravado en este momento de la investigación penal preparatoria la Fiscalía entiende que “son autores del delito Fagundez juntamente con Pulo Godoy”, aseveró.
En tanto que “Altamirano, Leonardo y Juan Godoy son partícipes primarios, dados la sujeción y los golpes que le aplicaron a la víctima, mientras que Quintana actuó como partícipe secundario, colaborando con el traslado y ocultamiento del cuerpo”, le enrostró Gerosa.
“Maldad infinita”
También explicó que “en cuanto al aborto por la pérdida de la vida que portaba en su seno la niña, el fiscal dijo que se requiere mayor investigación para llegar a imputar tal delito”.
Finalmente reveló que autopsia concluyó con que “la muerte de la niña fue producida por un traumatismo de cráneo encefálico con hemorragia del parénquima frontotemporal derecho. Hubo crueldad y maldad infinita”.
Apenas finalizada la imputativa se realizó la audiencia de medida cautelar en la que la jueza Claudia Bressán hizo lugar al pedido del fiscal Gerosa y les dictó a los cinco imputados la prisión preventiva sin plazos, a pesar de la oposición de la defensora oficial Fabiana Pierini que propuso medidas alternativas según cada caso.
Por vía remota estuvieron presentes los padres de Rocío, Nilda Valenzuela y Héctor Vera, en calidad de querellantes, patrocinados por el abogado Gabriel Micheloud.
Indagatoria en Menores
Ezequiel “Pulo” Godoy, el principal acusado, fue indagado el jueves junto al otro menor detenido por la jueza de Menores, Griselda Delbón. La fiscal Alicia Mudry dijo al respecto que “fueron indagados los dos menores, de los cuales solo uno nos queda como menor ya que uno de los imputados el 15 de julio cumplió los 18 años, pero es juzgado por la Justicia de Menores porque al momento del hecho tenía 17 todavía”.
La funcionaria judicial afirmó que “cada uno dio su versión de los hechos que los sitúa en el lugar y en la hora del hecho”. Consultada sobre si con sus declaraciones, los menores se estarían haciendo cargo del hecho, la fiscal expresó: “Sí, sobre todo uno de ellos”. “De todos modos, no basta la confesión, nosotros tenemos que tener un plexo probatorio suficiente de modo de tener un grado de certeza para poder lograr la condena”, manifestó.
La jueza tiene diez días para resolver la situación procesal de los dos, del menor y del que ya es mayor, de todas formas, respecto de este último “ya pedí que se convierta en prisión preventiva el alojamiento o la medida tutelar que venía sufriendo como menor”.