Gustavo Capeletti
El exgoleador había presentado una cautelar para evitar el tributo. Pero fue rechazada por inconstitucional por la justicia federal de primera instancia. Las actuaciones pasaron al tribunal de alzada.
Gustavo Capeletti
Luego del revés judicial que sufriera en primera instancia, el exdelantero de la selección nacional Gabriel Omar Batistuta espera ahora que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia resuelva su pedido para ser eximido del pago del aporte solidario.
Ese tributo denominado Aporte Solidario y Extraordinario fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2020 para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia y como uno de los instrumentos implementados por el Estado nacional para ampliar y fortalecer las fuentes de financiamiento en el marco de la pandemia del Covid-19.
El exjugador reconvertido en empresario ganadero había interpuesto una medida cautelar, para dejar de estar alcanzado por la norma, ante el fuero en lo Contencioso Administrativo Nº 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instancia que se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Juzgado Federal de Reconquista.
En el fuero federal norteño, su titular Dr. Aldo Mario Alurralde no hizo lugar a la cautelar planteada para que no se le exija el aporte solidario y extraordinario creado por la Ley Nº 27.605 -y reglamentado mediante un decreto del Poder Ejecutivo y una Resolución General de AFIP - por considerarla inconstitucional por violar las garantías de propiedad, razonabilidad e igualdad establecidas por la Constitución Nacional.
Esa resolución del magistrado federal de Reconquista fue emitida dos semanas atrás. Tras ser apelada, se tramita ahora en el tribunal superior como es la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad Resistencia, que deberá expedirse sobre si confirma o no el decisorio de primera instancia.
Batistuta había solicitado que la causa se mantuviera en reserva por tratarse de cuestiones civiles patrimoniales y por ser una persona pública. Fuentes judiciales indicaron que es un derecho que le asiste procesalmente previsto en la ley para cuestiones civiles, por lo cual en el sistema informático de consulta web está restringido el acceso a terceros e impide formular declaraciones públicas a los funcionarios judiciales que entienden en el caso.
El 17 de marzo pasado, por pedido de la AFIP el juez federal Alurralde trabó embargo sobre bienes de Batistuta por la suma de 3.853.341 pesos por deudas al fisco. La medida preventiva estuvo relacionada con impuestos a bienes personales, contribuciones y aportes no tributados, y no por la falta de pago del Aporte Solidario y Extraordinario, comúnmente conocido como “impuesto a la riqueza”.
En aquel momento, el funcionario explicó que el reclamo se debía a una “deuda tributaria” y no de un caso de evasión fiscal: “La evasión es otra cosa, es un delito penal en donde el contribuyente intenta hacerle creer al fisco que no debe o que adeuda menos de lo que adeuda mediante un ardid o engaño. Acá (en el caso de Batistuta) hablamos de una deuda tributaria que está exigiendo su pago el fisco”.