El secretario general del sindicato de Artes Gráficas de Santa Fe, Agustín Raúl Sarla (79) fue condenado esta semana, en un juicio oral y público donde se lo acusó de dos hechos de amenazas con armas cometidos en Arroyo Aguiar, en octubre de 2020, contra quien por entonces era su esposa.
La sentencia ordenada por la jueza Celeste Minniti se conoció este martes y fue el resultado de tres jornadas de debate, que comenzó el miércoles 10 de mayo y se extendió durante los días jueves 11 y viernes 12 del corriente mes.
Sarla, que llegó a juicio en libertad, fue condenado a una pena de 3 años de prisión condicional y multa de $ 2.000, tras ser declarado culpable por los delitos de "amenazas calificadas por el uso de arma" y "tenencia ilegítima de arma de fuego", según informó la Oficina de Prensa del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
La sentencia fue ordenada el martes 16 de mayo por la jueza Celeste Minniti, tras una semana de debate oral y público. Créditos: Mauricio Garín
Absolución y distancia
A su vez, la fuente oficial señaló que tal como lo solicitó la Fiscalía en sus alegatos, Sarla fue absuelto por la autoría de lesiones leves dolosas agravadas que se le había endilgado previamente.
Por otra parte, la sentencia prevé normas de conducta que el hombre deberá cumplir para con la víctima, entre las que se destaca una prohibición de acercamiento "a menos de 500 metros, así como tener cualquier tipo de contacto con ella ni poseer armas de fuego".
La acusación estuvo a cargo de la fiscal Milagros Parodi, de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas), quien recepcionó las denuncias de una mujer de 65 años, por entonces esposa del acusado, por hechos ocurridos en octubre de 2020.
Por el caso el 11 de noviembre se llevó a cabo un allanamientos en una vivienda de la calle Corrientes al 600 de Arroyo Aguiar, donde la policía secuestró 8 armas de fuego, de las cuales una no se encontraba documentada. Ese mismo mes la fiscal Parodi llevó al sindicalista a audiencia imputativa.
La acusación fue presentada en abril de 2021 y en septiembre del mismo año se realizó el auto de elevación a juicio. Una serie de recursos intentados por la defensa de Sarla, a cargo de los abogados Ignacio Alfonso Garrone y Clara Vázquez, postergaron el comienzo del debate que tuvo un inicio fallido a fines de 2022 y finalmente pudo llevarse a cabo este año.
"En el juicio presentamos pruebas respecto a tres hechos ilícitos cometidos por Sarla y la magistrada los consideró acreditados tal como los atribuimos", señaló la fiscal Parodi.
El primero ocurrió "el domingo 18 de octubre de 2020, cuando estaba previsto que el nieto -menor de edad- de la mujer que resultó víctima fuera de visita a Arroyo Aguiar, donde residía la pareja".
"Antes de que llegara el niño, Sarla colocó armas de fuego largas y cortas en la galería", y aclaró que "todas apuntaban hacia el ingreso". Según se relató, "mientras esperaba sentado, le dijo a la mujer que iba a dispararle 'al que pase por la puerta'".
Atemorizada por lo que pudiera pasar, la mujer le pidió a su hijo -que llevaba al pequeño- que se fueran del lugar. "Tres días después, el condenado amedrentó nuevamente a su pareja mediante un revólver y un cuchillo que puso sobre la mesa del comedor".
La representante del MPA aseguró que "tanto las palabras de Sarla como su lenguaje corporal y gestual tuvieron entidad suficiente para coartar la libertad psíquica y física de la víctima". En tanto, se subrayó que, "desde años anteriores, la mujer sufría violencia de género por parte del condenado".
Por otro lado, se hizo referencia a que "al momento de su detención, el hombre de 79 años tenía un su poder una pistola semiautomática calibre .22 largo sin contar con la debida autorización legal".
La fiscalía había pedido 5 años de prisión y multa de 10 mil pesos, así como el decomiso de todas las armas secuestradas.
Por su parte, la defensa reclamó la absolución del gremialista, principalmente apoyados en la teoría de la atipicidad del delito de amenazas en dos de los hechos y bajo la pretensión de que se declare ilegal el allanamiento en el que se encontraron las armas. Y en caso de ser condenado, solicitaron que sea por la pena mínima, de ejecución condicional.
En tanto, y si bien este martes se conoció la parte dispositiva de la sentencia, todavía faltan los fundamentos, a partir de los cuales las partes evaluarán si apelan o no la sanción.
"En primer lugar, dijimos que el juicio no debería haber iniciado por segunda vez, porque cuando se suspendió el año pasado, la jueza Sandra Valenti había ordenado no retomar hasta que quede firme la resolución que denegó la suspensión de juicio aprueba para Sarla", señaló el abogado Ignacio Alfonso Garrone. "Ese reclamo está en queja en la Corte de Santa Fe y todavía no fue resuelto", apuntó.
"Los otros planteos fueron por la atipicidad de las dos amenazas y la invalidez del allanamiento y exclusión de las armas que se habían secuestrado" el 11 de noviembre de 2020 cuando Sarla quedó detenido.
A propósito del reciente fallo condenatorio, la defensa aguarda los fundamentos de la jueza Celeste Minniti para luego apelarlo para que sea revisado en la Cámara.