Walter Velázquez fue absuelto por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Natalia Palud, Norma Senn y Santiago Benegas del delito contra la integridad sexual por el que fue juzgado en un juicio oral que culminó el martes 30 de julio.
Se trata de un vecino de Fortín Olmos, a quien el fiscal le pidió 14 años de condena, y de un oriundo del paraje Flor de Oro.
Walter Velázquez fue absuelto por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Natalia Palud, Norma Senn y Santiago Benegas del delito contra la integridad sexual por el que fue juzgado en un juicio oral que culminó el martes 30 de julio.
Este hombre oriundo de Fortín Olmos estaba imputado por el abuso sexual de una menor de edad de la cual es familiar, un hecho que la fiscalía ubicó en esa localidad del oeste departamental en la acusación.
El fiscal Leandro Benegas, que representó al MPA, había solicitado la pena de 14 años de prisión de cumplimiento efectivo por la figura de abuso sexual gravemente ultrajante y por abuso con acceso carnal, pero los magistrados resolvieron absolver a Velázquez, que quedó en libertad. La pretensa víctima había declarado en Cámara Gesell.
Los fundamentos del fallo se darán a conocer en los próximos días, en el plazo previsto por la ley. Una vez que se conozcan los argumentos por los cuales el tribunal dictó la absolución la Unidad Fiscal Vera decidirá si apela el decisorio.
Por otra parte, un vecino del paraje Flor de Oro (Gral. Obligado) fue absuelto por el beneficio de la duda por un hecho de abuso sexual simple en el marco de un juicio oral sustanciado en los Tribunales de Reconquista. El miércoles 31 de julio, el tribunal unipersonal a cargo del juez Gonzalo Eduardo Basualdo absolvió por el beneficio de la duda a Eduardo Fabián Romano en un caso donde la supuesta víctima es una menor de edad.
Por la defensa del imputado trabajó el abogado Lucas Peralta, y por el MPA actuó el fiscal Sebastián Marichal, que había reclamado 3 años de condena. Este último refirió acerca de la sentencia que "no sabemos los fundamentos de cuál sería la prueba que le generó duda al tribunal, pero básicamente lo que está queriendo decir es que entre los elementos aportados por la Fiscalía y los de la Defensa, no tiene certeza de que el hecho ocurrió".
Ambos fiscales de los casos juzgados adelantaron que podrían apelar las sentencias que absolvieron a los acusados, aunque primero deberán estar disponibles los fundamentos que el tribunal esgrimió para alcanzar su decisión.
El funcionario recordó que "el hecho que se acusó fue un hecho ocurrido en el verano del 2023, un domingo a la tarde, donde fue el niño a comprarle al kiosco snacks a la siesta, entre las tres y tres y media, y ahí habría sido, según lo que el niño refirió en cámara Gesell, el niño de 5 años. Lo que refieren las psicólogas que intervinieron, que son de la Policía y la psicóloga particular es que habría sido manoseado y que le hubiera exhibido el miembro viril" al menor. "También que le había mostrado un rifle, un arma, que en realidad se corroboró que había un rifle de aire comprimido en el domicilio y se secuestró", añadió.
Marichal dijo que esperarán los fundamentos del fallo y "seguramente apelaremos. La teoría de la Defensa apuntaba más que nada a decir que el relato de un niño de 5 años tenía ciertas lagunas, lo que es verdad ya que fue muy difícil en el sentido de que un niño de 5 años no tiene la misma memoria ni la concentración que una persona más adulta o un adolescente, pero igualmente, bueno, lo sostuvo esencialmente en tres instancias y además la coartada más que nada era que el señor estaba haciendo las tareas de la huerta y también de la chanchería en el momento del hecho en esa tarde de domingo. Nosotros decíamos que esto no lo pudo probar porque había testigos que la familia que es vecina, que lo vio que estaba atendiendo el kiosco y que no podía sostener que nunca volvió para hacer las tareas ahí del kiosco".
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