Una mujer de Santa Lucía (San Juan) denunció a su exesposo por violencia de género y todo se le volvió en contra. Un juez no sólo que puso en duda sus dichos y absolvió al supuesto agresor; por el contrario, prohibió que la señora se acerque al hombre y pidió que la investiguen por posible falsa denuncia y a sus amigas por falso testimonio.
El polémico caso tuvo resolución este miércoles en los tribunales de Flagrancia a partir del fallo del juez Eduardo Raed, que absolvió lisa y llanamente a Juan Marcelo Ortiz del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia intrafamiliar y de género. En la misma sentencia ordenó a Yésica Garro, de 31 años, la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros o cualquier tipo de otro contacto con el señor Ortiz. También dispuso que la investigan a ella y a sus amigas, Florencia Acosta y Valeria Acosta, por la posible comisión de un delito para acusar falsamente a ese hombre.
Todo inició el pasado 16 de este mes, cuando a raíz de un llamado telefónico al 911 una patrulla policial concurrió a un domicilio de calle Colón, en Santa Lucía, por un problema de pareja. Allí entrevistaron a Yésica Garro, quien aseguró que su exmarido, Juan Marcelo Ortiz, le había dado una trompada en el rostro. La mujer contó que hace dos meses que están separados y que ella y sus hijos dejaron esa vivienda, pero que ese día Ortiz la llamó y la invitó a la casa para que hablaran por el régimen de visita de los niños. En ese encuentro supuestamente discutieron y el hombre la agredió físicamente.
A partir de la denuncia, los policías detuvieron a Juan Ortiz. Estuvo en una comisaría hasta el otro día, mientras que el fiscal Cristian Catalano abrió una investigación en el Flagrancia por presuntas lesiones en contexto de violencia de género.
Tenés que leerDeberá mudarse a Paraná por acosar a su ex durante dos añosLa abogada Ivana Salas, la defensora, se resistió a abreviar el juicio. Y es que, desde un principio, el acusado afirmó que no le pegó a su exmujer, incluso presentó un testigo que estuvo presente en el encuentro de la pareja. Fue así que fueron a juicio, pero todo se volvió contra la propia denunciante. Primero, porque quedó en duda si la lesión que presentaba era producto del golpe propinado por Ortiz. Segundo, porque surgieron contradicciones.
El testigo volvió a afirmar que no vio ninguna agresión. El llamado al 911 no fue hecho por la víctima, sino por una de las dos amigas y testigos, que curiosamente estaban fuera de la vivienda. La abogada Salas también sostuvo que fue imposible que Ortiz golpeara a su exesposa. Es que el hombre padece osteogénesis imperfecta -una enfermedad de los huesos y obesidad mórbida- y 78 por ciento de discapacidad, según fuentes judiciales.
El juez Eduardo Raed dictó su sentencia y declaró la inocencia de Ortiz. Así también prohibió a la mujer acercarse al hombre y a su domicilio, mientras que giró las actuaciones a un juzgado ordinario para que la investiguen por falsa denuncia y a las otras dos mujeres por posible falso testimonio.