Juliano Salierno - jsalierno@ellitoral.com
La Justicia de Rafaela le hizo lugar al pedido de un usuario de Internet al que le usurparon la identidad, creando una cuenta en la red social Facebook, en la que se le atribuían preferencias e inclinaciones sexuales, ocasionándole un grave conflicto en el ámbito familiar y laboral.
El damnificado “planteó que a través de compañeros de trabajo había tomado conocimiento de que con su nombre y sus datos personales se incluían detalles referentes a su orientación sexual”, en los que “decía que era gay, que estaba buscando pareja y que le gustaban los hombres”, resumió el abogado Facundo Bilvao Aranda, que defiende los intereses de la víctima, cuya identidad no trascendió.
Esto “le causó ciertos trastornos en el ámbito familiar, con su pareja y en el trabajo”, explicó la defensa, que apuntó entonces a “buscar al autor material e intelectual del hecho”, pero además trató de “ponerle fin al daño en sí”.
Todo comenzó a mediados de abril. Durante un mes y medio se hicieron los reclamos por los mecanismos que brinda la red social a través de Internet para dar de baja la cuenta. Pero como la persona ofendida no obtuvo respuesta,- optó por recurrir a los tribunales.
Google, Yahoo y Bing
Las actuaciones se iniciaron el 27 de mayo en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la Cuarta Nominación de Rafaela, a cargo de la jueza Susana Rebaudengo. El 31 del mismo mes se proveyó una medida autosatisfactiva y el 2 julio Facebook.Inc cumplió con la orden; pero los buscadores Google, Yahoo y Bing no, por lo cual se reiteró el reclamo el 15 de julio.
En un primer momento Facebook justificó la incompetencia del juzgado rafaelino diciendo que tenía domicilio real en Palo Alto, California, aunque luego aceptó el reclamo. “Es un absurdo tener que recurrir a la Corte de California”, se quejó el abogado.
“La situación actual no varió, los buscadores no acataron la medida, razón por la cual se pidió expresamente al juzgado que corra vista al fiscal para que investigue, y se hicieron reservas para una demanda por daños y perjuicios, por no haber cumplido la orden judicial”, completó Bilvao Aranda.
El damnificado no es una persona pública pero sí conocida, ya que vive en la ciudad de Sunchales, donde “todos se conocen”. Hace trabajos domiciliarios y la publicación de datos semejantes “es una difamación pública, violatoria de la identidad”, sostuvo el defensor.
Medida autosatisfactiva
En cuanto a la medida autosatisfactiva en sí, “es un proceso cautelar urgente” y “se agota en sí misma”, explicó la secretaria del juzgado, Mercedes Dellamónica. “Lo que se pidió fue que se quitara el nombre de la persona ofendida por el derecho a la imagen”, ya que “se le atribuía una identidad sexual falsa”.
Para la medida autosatisfactiva “no basta la verosimilitud en el derecho, tenía que haber certeza o alta probabilidad de irreparabilidad del perjuicio si la medida no se dictaba”, y la jueza Rebaudengo entendió que así sucedía, sostuvo Dellamónica.
“Para cerrar la cuenta en Facebook la vía expeditiva y más rápida era la autosatisfactiva”, que es “una medida cautelar que no tiene regulación expresa, pero está aceptada por doctrina y jurisprudencia”, ahondó Bilvao Aranda. “La presentación ante el juez, acreditando un hecho grave para que le ponga fin a la acción” permite que se ejecute la orden “sin correrle vista a las partes”.
Para corroborar la gravedad del asunto “se presentaron impresiones de la cuenta en Facebook”. Con ese material “el juzgado atendió y entendió la gravedad del asunto”, por lo cual “ordenó a la red social bloquear la cuenta” y prohibir “la inclusión del nombre de la persona agraviada en el futuro”.