Casi doce años después de la desaparición de Natalia Acosta, ocurrida en la Recoleta santafesina una madrugada de mayo, la causa judicial llegó a un punto de inflexión en el cual el Ministerio Público Fiscal solicitó cuatro medidas clave.
Osvaldo Gabriel Cerri, el único detenido y procesado por el delito de trata de persona, y falleció hace dos años -el 15 de abril de 2019- en la cárcel de Las Flores, sin condena ni absolución.
Casi doce años después de la desaparición de Natalia Acosta, ocurrida en la Recoleta santafesina una madrugada de mayo, la causa judicial llegó a un punto de inflexión en el cual el Ministerio Público Fiscal solicitó cuatro medidas clave.
El escrito, presentado este lunes por el fiscal federal Nº 2 Walter Rodríguez, ante el juez subrogante Marcelo Bailaque, pretende en primer lugar la "extinción de la acción penal por la muerte del imputado", en referencia a Osvaldo Gabriel Cerri. El hombre de 57 años, que padecía una afección coronaria, fue el único detenido y procesado por el delito de trata de persona, y falleció hace dos años -el 15 de abril de 2019- en la cárcel de Las Flores, sin condena ni absolución.
En segundo término, el funcionario judicial consideró "agotado el proceso probatorio", no sólo por la muerte del único imputado, sino ante la imposibilidad de dar con terceras personas vinculadas a a la maniobra delictiva.
Asimismo, el fiscal dejó en claro que deberá darse "continuidad a la búsqueda", al amparo de los estándares internacionales establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Belén Do Pará, entre otros.
Y por último, propuso un "reparación en favor de las víctimas indirectas". "Soy de la opinión que el Ministerio Público se encuentra legitimado para peticionar lo que aquí propongo", señala el Dr. Rodríguez, tras hacer referencia a la necesidad de acceder al Fondo Fiduciario Público y Fondo de Asistencia Directa a la Víctima de Trata por parte de quienes llevaron adelante la búsqueda durante más de una década.
Entiende el fiscal que a pesar de que la causa no obtuvo sentencia (como lo prevé la ley para estos casos), efectivamente Natalia Acosta es una "víctima de delito de trata de personas", por lo que "sugiero al juez conceda lo solicitado en la medida que dicha reparación es prioritaria". Para el impulsor de la acción, los hechos gozan de un respaldo judicial firme en segunda instancia, que hace que la teoría del caso goce de una "presunción de certeza" en relación a la materialización del delito, aunque no así de su autoría, es decir, aunque no haya culpables.
Natalia Acosta ejercía la prostitución al momento de su desaparición, la madrugada del 29 de mayo de 2009. Su última ubicación localizable fue la esquina de Suipacha y 25 de Mayo de la Recoleta santafesina. Sus padres, María Cristina Balán (fallecida en septiembre de 2019) y Ariel Acosta, denunciaron desde el primer día la desaparición de la joven y no dejaron puerta sin golpear, hasta que en noviembre de 2016 la Corte Suprema de Justicia decidió que debía ser investigado por la Justicia Federal.
A partir de ese momento la causa pasó de la jurisdicción provincial a la nacional, donde se dispusieron múltiples diligencias, las cuales llegaron a un punto de estancamiento que lo obligan ahora a solicitar las medidas antes mencionadas.
Único acusado
Osvaldo Gabriel Cerri (57) fue detenido por la Justicia Federal a fines de 2017 y procesado con prisión preventiva el 28 de diciembre de ese año por el delito de "trata de persona en la modalidad de captación", la cual fue confirmada por la Cámara de Federal de Apelaciones de Rosario el 10 de mayo de 2018. El acusado estaba preso en la cárcel de Las Flores, donde falleció sin absolución ni condena, el 15 de abril de 2019.
Uno de los subtítulos del escrito fiscal refiere a la denominada "Violación a la debida diligencia reforzada", lo cual implica una desoladora crítica a la actuación del Juzgado de Instrucción de la Quinta nominación de la justicia provincial.
"Debieron extremarse los recaudos para incorporar todas las evidencias pasibles de ser recogidas en las primeras horas y días posteriores a la existencia del hecho a fin de garantizar la inalterabilidad de la prueba", argumentó el fiscal Walter Rodríguez. Sin embargo, tras la denuncia de Ariel Acosta (padre de Natalia) el mismo día de la desaparición, se dio curso a una actuación denominada "Paradero" con conocimiento al juez y fiscal en turno.
El fiscal cuestionó la falta de medidas en torno al número telefónico aportado por la familia de Natalia y calificó de "pasivo" el rol del Estado en la persecución penal.
También se preguntó si la negativa a aplicar estándares de búsqueda apropiados "fue el corolario de una visión prejuiciosa sobre la victima y su grupo familiar, en razón de la condición socioeconómica que los apremiaba y por ser -la afectada directa- una mujer en situación de prostitución y especial estado de vulnerabilidad".