Pedirán 40 años de cárcel para un pastor evangélico
El acusado es Antonio "Tito" Aguirre, tiene 69 años y predicaba en un templo del barrio Liceo Norte, donde además, lo acusan de haber cometido gran parte de los abusos.
Pedirán 40 años de cárcel para un pastor evangélico
Viernes 6.8.2021
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Última actualización 14:03
El "Hermano Tito" está preso desde octubre de 2019, cuando fue hallado en la provincia de Misiones, donde se refugiaba luego de que el padre de una de sus víctimas lo denunciara en 2018. Este viernes, el Ministerio Público de la Acusación informó que solicitará 40 años de cárcel para el pastor que se desempeñaba en Santa Fe, en un templo de barrio Liceo Norte, como representante de la Congregación Cristiana del Pueblo de Dios.
Tiene 69 años y está siendo investigado como autor de delitos contra la integridad sexual de siete niñas y adolescentes cometidos en la ciudad de Santa Fe. Así lo adelantó la fiscal Alejandra Del Río Ayala, en la acusación que presentó en la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de los tribunales locales.
La funcionaria del MPA remarcó que "el acusado abusó sexualmente de las víctimas en un contexto religioso". En tal sentido, mencionó que "para llevar adelante su accionar delictivo, el hombre aprovechó su posición de poder como máxima autoridad de la sede de la congregación a la que pertenecían él y las personas abusadas".
Del Río Ayala señaló que "los hechos ilícitos sucedieron entre 2012 y 2017", y aclaró que "algunas de las víctimas comenzaron a ser abusadas cuando cursaban la escuela primaria, una mientras estaba en el jardín de infantes y las demás, durante su adolescencia".
"En reiteradas oportunidades, el hombre vulneró la integridad sexual de las víctimas en un inmueble del norte de la ciudad en el que desarrolla sus actividades la iglesia evangélica", aseguró la funcionaria del MPA. "En otras ocasiones, el acusado perpetró los delitos a bordo de un automóvil en el que trasladaba a las niñas y adolescentes", añadió.
La fiscal planteó que "el hombre investigado amenazaba a las víctimas. Les decía que si no permitían los abusos o si hablaban con alguien sobre sus padecimientos, serían 'suspendidas', lo que implicaba que no podrían participar en actividades religiosas vinculadas al canto, a la danza, entre otras".
Del Río Ayala también explicó que "las intimidaba diciéndoles que iba a encerrarlas en un pabellón donde tendrían que hacer ayuno y dormir arrodilladas".
Por otro lado, Del Río Ayala afirmó que "en todo momento, el acusado comprendió el grave daño que su conducta ocasionaba en la salud física y psicológica de las personas agredidas". Al respecto, destacó que "el accionar delictivo no sólo tuvo consecuencias negativas para las víctimas, sino también para sus familiares y otros integrantes de la comunidad religiosa".
El hombre de 69 años es investigado como autor de abuso sexual con acceso carnal; de abuso sexual gravemente ultrajante; y de abuso sexual simple, y los tres delitos se le atribuyeron calificados por ser ministro de culto. Además se le endilga la autoría de promoción a la corrupción de menores agravada (por amenazas en tres casos; por violencia en otro; y por abuso de autoridad en otro).
Acusación y juicio
La presentación de la acusación es un paso procesal en el que la Fiscalía solicita la apertura del juicio oral y público contra las personas investigadas, informó la oficina de prensa del Ministerio Público de la Acusación.
El escrito, que está destinado a un juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), contiene un detalle de las evidencias reunidas y fundamenta los requerimientos del MPA en relación al caso. Asimismo, informa los datos personales de los imputados, los hechos ocurridos, la calificación legal de los ilícitos y la pena solicitada.
Luego de la presentación de la acusación y de habérselo comunicado a la Defensa, la OGJ debe convocar a una audiencia preliminar en la que las partes (Fiscalía; Defensa y, en el caso de que la hubiera, Querella) discuten acerca de lo planteado. Finalizada esta audiencia preliminar, si el juez considera que la acusación tiene proyección de condena y que están cumplidos los requisitos para que se desarrolle un debate oral y público, debe disponer el auto de apertura a juicio para programar una fecha de inicio.