Ignacio López, un mecánico de 76 años que llegó a juicio oral en prisión domiciliaria, acusado por el abuso sexual de una menor de edad en 2016, fue sobreseido de culpa y cargo la semana pasada por el beneficio de la duda, mientras que el mismo tribunal condenó a 12 años a Ángel Francisco Gómez (47), que en ese entonces era el padrastro de la víctima. La particularidad del debate fue que por primera vez desde que se puso en marcha el Nuevo Código Procesal Penal de la provincia -el 10 de febrero de 2014-, un tribunal de primera instancia de la Primera Circunscripción Judicial absuelve en juicio a un acusado por delitos de índole sexual.
“Queremos que se conozca la decisión porque limpia el buen nombre y honor de la persona acusada”, señalaron los abogados particulares Ignacio Alfonso Garrone y Pedro Busico. “Lo consideramos un logro profesional, pero más allá de eso creemos que también marca un estandar para la Fiscalía en este tipo de casos”, en que los jueces “están exigiendo que la investigación sea más exhaustiva”.
La dupla técnica destacó la labor de la Unidad Fiscal Gefas (de Violencia de Género, Familiar y Sexual) que “viene cumplimentando muy bien dichas exigencias en muchas investigaciones. Pero en este caso falló el estandar de certeza que se exige para poder condenar a una persona”, y recordaron que la decisión fue “por unanimidad”.
Además, dijeron que hacerlo público “era una necesidad que tenía nuestro cliente López”, que atravesó el proceso “en prisión preventiva domiciliaria porque tiene 76 años de edad”.
Aunque no profundizaron en el hecho en sí, por respeto a la víctima, que tenía 15 años al momento de los abusos cometidos en el seno familiar, la defensa refirió que López quedó ligado a la causa por “el vínculo con el coimputado” ya que “era amigos, los dos mecánicos, y vivían a dos cuadras y media” uno de otro, en la zona norte de la ciudad.
A propósito de ello recordaron que “la investigación se inició a mediados de 2016 con una denuncia por abuso contra el padrastro (Gómez) por parte de la menor y una hermana, luego de estar internada en el hospital Cullen por una ingesta medicamentosa”. Al momento de llegar a juicio la causa ya tenía más de tres años, aunque “nosotros tomamos intervención el año pasado, para la audiencia preliminar”.
Si bien “lo que la chica denunciaba eran una serie de abusos por parte del padrastro, con el devenir de la investigación se incorporó la versión de que la había llevado al taller mecánico de nuestro defendido y le imputaba a mi cliente un solo hecho, cuando tenía 15 años de edad”.
Así llegaron al debate, que se inició a fines de mayo y finalizó el 4 de junio con una absolución para López y condena para Gómez, éste último con Defensa Pública. La decisión fue tomada por el tribunal pluripersonal que conformaron los jueces José Luis García Troiano (presidente), Héctor Gabriel Candioti y Luis Octavio Silva. A lo largo de las audiencias, por las que pasaron unos 30 testigos, se pudo determinar que López “era una persona ajena a la investigación”, indicaron los defensores.
“No lo mencionaban los testigos ni los informes técnicos; y en la entrevista en cámara Gesell no quedaba clara la intervención, por lo que entendíamos que no había elementos para sostener una condena, la cual hubiese resultado ilógica y excesiva”. En definitiva, “no se hizo una investigación exhaustiva para desvirtuar la presunción de inocencia” y por eso “esta absolución es la primera en una causa de delitos sexuales desde que se inició el nuevo sistema”, remarcaron los abogados.
El Ministerio Público de la Acusación había solicitado penas de 22 y 15 años para Gómez y López, por lo que el resultado del juicio no sólo bajó en 10 años la sanción al principal investigado, sino que desechó de plano los cargos contra el coimputado. Por ello, las partes aguardan los fundamentos del fallo y no se descarta que la acusación recurra a la Cámara para intentar revertirlo.
Más de cien
Como para tener una real dimensión de lo que significa la absolución en términos comparativos, fuentes del Ministerio Público de la Acusación informaron que entre 2014 (inicio del nuevo sistema) y diciembre de 2019, se llevaron a cabo 94 juicios orales, que si se suman los realizados en 2020 (una decena) ya superan el primer centenar.
De esos primeros 94 juicios, hubo sólo siete que no terminaron en condena. La distribución es la siguiente: 1 absolución en 2015; 3 absoluciones y 1 sobreseimiento por inimputabilidad en 2018; y 2 absoluciones en 2019. A propósito del año pasado, cabe destacar que se llevaron a cabo 47 juicios orales de los cuales 27 fueron por abuso sexual, los cuales finalizaron en condena, a excepción de uno sólo en que fue la propia fiscalía la que al llegar a la apertura del juicio desistió de la acusación.
Este año se llevan iniciados unos 10 debates orales con dos absoluciones (una por homicidio y la otra por abuso sexual).