Fuente: Fiscales.gob.ar
La medida dispuesta por el juez federal Francisco Miño alcanza también a la pareja de Villarroel, Débora Flores -ambos enfrentan un juicio por tráfico de estupefacientes-, a la propietaria de una agencia inmobiliaria y a su entonces pareja. El magistrado dispuso además embargos de hasta dos millones de pesos para cada uno de los acusados.
Fuente: Fiscales.gob.ar
En línea con lo requerido por el fiscal federal Walter Rodríguez, el titular del Juzgado Federal nro. 2 de Santa Fe, Francisco María Miño, dispuso el procesamiento con prisión de preventiva de una pareja por los delitos de lavado de activos provenientes del tráfico de estupefacientes, medida que también alcanza a la dueña de una agencia inmobiliaria y su pareja -en este caso sin restricción a la libertad ambulatoria- quienes habrían intervenido en las distintas maniobras.
Delito precedente
Los imputados Sergio ‘Zurdo‘ Villaroel y su mujer Débora Flores fueron procesados el 26 de diciembre de 2016 acusados de conformar una organización dedicada a actividades ilícitas de comercialización de estupefacientes, al menos desde abril de 2014 hasta diciembre de 2016, en el marco de una causa que se encuentra radicada actualmente ante el Tribunal Oral en lo Criminal de Santa Fe para la tramitación del respectivo juicio. En diversos allanamientos dispuestos en esas actuaciones -donde también intervino la Fiscalía Federal n°2- se les secuestró más de un kilo de cocaína. En términos formales, tanto Villarroel -considerado el ‘organizador‘ del tráfico de estupefacientes- como su pareja declararon dedicarse a la prestación del servicios vinculados a ‘emisión de señales de televisión por suscripción‘.
Tal como había sido detallado en el pedido de indagatorias por el fiscal Rodríguez, los imputados Villaroel y Flores disponían de un patrimonio millonario conformado por una gran cantidad de vehículos de alta gama, tractores, inmuebles y hasta embarcaciones náuticas, imposible de justificar con las fuentes de ingreso formalmente declaradas. De hecho, entre los años 2012 y 2013 Villaroel se mantuvo inscripto como monotributista ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En el pedido de indagatorias, la Fiscalía Federal puso de relieve que “antes de ingresar a la órbita patrimonial de Villaroel”, un auto de lujo -un BMW Z4- estuvo en posesión de Martín “El Fantasma” Paz, un hombre que fue asesinado mientras lo conducía en Rosario “en circunstancias que produjeron una notoria conmoción pública”. Paz había adquirido el auto pero se demoró en retirarlo de la concesionaria porque “tenía que ver a nombre de quién lo ponía‘, según un testigo. Fue asesinado a los tres días de hacerlo.
En tanto, los imputados Jorge Lescano y Graciela Bugnon, a través de la estructura de ‘Habitar Negocios Inmobiliarios‘ e incentivados por el cobro de comisionados, ‘participaron activamente en la gestión comercial para lograr la adquisición, almacenamiento, venta y cobro de distintas operaciones correspondientes a bienes que tuvieron origen en utilidades provenientes del narcotráfico‘ y que integraron el patrimonio de Villaroel y Flores. Una de las estrategias trazadas para disimular la disposición que sobre dichos bienes ejercían los imputados era la ausencia de anotación formal de los mismos ante los registros creados a tal fin. La responsabilidad de Lescano y Bugnon se encuentra acreditada -entre otros elementos- a través de una gran cantidad de intercepciones telefónicas que dan cuenta del ‘elocuente‘ conocimiento que éstos tenían sobre el origen ilícito de los bienes de Villaroel y Flores. De hecho, en uno diálogo registrado el 8 de noviembre de 2016 Lescano le informa a un tercero que Villaroel se dedica ‘a vender droga (...) porque es así, te lo digo directamente es dealer (...) para que no me rompas las bolas es muy pesado el tipo maneja mucha guita‘.
‘Teniendo en cuenta el plexo probatorio de autos, se puede sostener que los imputados Lescano y Bugnon eran los encargados de administrar y efectuar las gestiones comerciales a favor de Villaroel y Flores para la adquisición de bienes en forma simulada, al menos en el espacio de tiempo que aquí se investiga‘, señaló el juez Miño.
Calificación legal
El juez federal Francisco María Miño consideró a los cuatro acusados como autores penalmente responsables del delito previsto y penado por el artículo 303 inciso 1, agravado por lo dispuesto en el inciso 2 apartado a) respecto de todos ellos y, además, por lo normado en el apartado b) respecto de Bugnon, exclusivamente. En su resolución, dispuso un embargo de bienes hasta cubrir la suma de dos millones de pesos para cada uno de los imputados y el embargo de cinco vehículos de alta gama.