Rechazan reclamo de libertad para el condenado por el femicidio de Adriana Estafanía Holzinger Bonetto
La decisión fue tomada por unanimidad por un tribunal integrado por los jueces Martín Torres, Sergio Carraro y Pablo Ruiz Staiger.
En su resolución, los magistrados aclaran que no corresponde ni el cese de la prisión preventiva ni la revocación de la medida cautelar por revisión. Créditos: Luis Cetraro
Los jueces Martín Torres, Sergio Carraro y Pablo Ruiz Staiger rechazaron un planteo y solicitud para que quede en libertad Gabriel Exequiel Gallay, quien fue condenado a prisión perpetua como autor del femicidio de Adriana Estefanía Holzinger Bonetto cometido en 2018 en Rincón (departamento La Capital)
La decisión fue tomada por unanimidad por los tres integrantes del tribunal en el marco de una audiencia que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
La fiscal que representó al MPA es Ana Laura Gioria, quien también tuvo a su cargo la investigación del ilícito. Además, la funcionaria judicial participó del juicio oral y público de primera instancia en el que se impuso la condena a Gallay y en la audiencia de segunda instancia que se llevó a cabo a raíz de una apelación presentada por el abogado defensor y de la cual aún se aguarda la resolución.
"Desde la Fiscalía nos opusimos al planteo y sostuvimos la necesidad de que el condenado siga privado de su libertad, tal como viene ocurriendo desde agosto de 2020", argumentó Gioria. En tal sentido, sostuvo que "hay un primer pronunciamiento condenatorio unánime en un juicio oral y público de primera instancia, por lo que deviene aún más necesaria, razonable y proporcionada la cautela, máxime tratándose de una pena de prisión perpetua".
Por otro lado, la fiscal indicó que "las medidas alternativas propuestas por la Defensa están sujetas a la sola y exclusiva voluntad del condenado, y a raíz de determinadas circunstancias de su vida privada, entendemos que no son suficientes para mitigar los riesgos procesales que implicaría que recupere la libertad".
Gioria explicó que "el tribunal aclaró que la libertad solicitada por la Defensa de Gallay podría ser otorgada o por cese de prisión preventiva (establecida en el artículo 227 del Código Procesal Penal de Santa Fe) o por revocación de la medida cautelar por revisión (regulada en el artículo 225 del Código Procesal Penal de Santa Fe)".
"Los jueces consideraron que ninguna de las dos opciones es posible", destacó Gioria. "En relación a la revocación, los magistrados indicaron que deberían alegarse nuevos elementos sobrevinientes o el transcurso del tiempo, y agregaron que el único elemento nuevo es que hubo un condena en el juicio oral y público de primera instancia", agregó.
En relación al cese de la prisión preventiva, la fiscal resaltó que "los jueces recordaron que la cautelar no tiene plazo una vez dictada la sentencia condenatoria y agregaron que no existe desproporcionalidad entre la medida impuesta y la prisión perpetua ya pronunciada por un tribunal".
El femicidio fue cometido durante la madrugada del jueves 8 de febrero de 2018 en una casa del barrio Los Espinillos en la que vivía Holzinger Bonetto. "Los ilícitos se enmarcaron en un contexto de violencia de género que el hombre de 28 años ejercía en contra de la víctima", sostuvo Gioria. "Si bien Holzinger Bonetto mantenía el vínculo de pareja en absoluta reserva, a raíz de diversas diligencias se pudo constatar que se trataba de una relación estable en el tiempo", agregó.
"Con un arma blanca, Gallay le provocó múltiples heridas punzantes y cortantes en distintas partes del cuerpo que causaron la muerte de la víctima por un mecanismo combinado", recordó la fiscal Gioria. Según especificó, "fue uno de esos casos que se denominan overkill, a raíz de que la cantidad de lesiones realizadas por el agresor excedió a la necesaria para generar el fallecimiento".
La funcionaria del MPA también expuso que "luego del ataque, el condenado sustrajo una motocicleta que le pertenecía a Holzinger Bonetto y se fue del lugar en ese vehículo".
El debate oral y público en el que se le impuso la prisión perpetua a Gallay comenzó en junio y finalizó el 5 de julio. El tribunal estuvo integrado por los jueces Jorge Patrizi, Lisandro Aguirre y Gustavo Urdiales, quienes resolvieron la condena por unanimidad.
Gallay fue condenado como autor de homicidio calificado (por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género -femicidio), y hurto calificado de un vehículo (por haber sido perpetrado con una llave verdadera sustraída).
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