El juez que investiga la violación grupal a una joven de 21 años ocurrida en febrero en inmediaciones de la Plaza Serrano del barrio porteño de Palermo, amplió el procesamiento de cuatro de los imputados por la golpiza que recibió un testigo al que agredieron porque pensaban que estaba filmado con su celular el abuso que ocurría dentro de un auto, informaron fuentes judiciales.
"Lesiones leves" es el delito que ahora se les suma al de "abuso sexual agravado" por el que están procesados y con prisión preventiva confirmada los imputados Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), Steven Alexis Cuzzoni (19) y Franco Jesús Lykan (23).
Los otros dos acusados en la causa, Thomas Fabián Domínguez (21) e Ignacio Retondo (22), ya habían sido procesados por este delito en marzo pasado por el juez en lo Criminal y Correccional 21, Marcos Fernández, ya que fueron ellos quienes le ocasionaron las lesiones a un testigo llamado Luis Riveros Espínola, antes de que todo el grupo sea detenido.
"Las aludidas maniobras de agresión física las desplegaron en grupo y mancomunadamente y si bien, Domínguez y Retondo pusieron manos sobre Riveros Espínola, los restantes imputados Ciongo Pasotti, Lykan, Ramos y Cuzzoni se plegaron a la situación de acometimiento físico que se estaba perpetrando respecto de la víctima, posicionándose en el lugar paulatinamente, apoyando y facilitando la profusión de golpes y patadas de las que el damnificado fue objeto", concluyó el juez en el nuevo procesamiento, al que tuvo acceso Télam.
Cuando el juez Fernández solo procesó por las lesiones a dos de los acusados, el fiscal Eduardo Rosende apeló pidiendo que también se les impute ese delito a los otros cuatro porque lo videos demostraban que los seis habían participado de esa agresión y la Sala VII de la Cámara del Crimen contestó que, en ese caso, reunida la prueba necesaria, había que indagar a los cuatro que faltaban.
Por ello, el juez Fernández le amplió la acusación y citó a indagatoria a los cuatro que a criterio del fiscal faltaba imputar por ese delito y ahora les amplío el procesamiento, por lo que los seis ahora quedaron procesados por los dos delitos: el abuso sexual agravado y las lesiones leves.
En relación a la agresión al testigo, el juez les atribuyó "el haber intervenido en la producción de las lesiones padecidas por Riveros Espínola, generadas por Domínguez y Retondo" -un hematoma en el ojo izquierdo-, al entender que en la agresión "actuaron todos ellos mancomunadamente" y con una "distribución de funciones".
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Según la imputación, cuando el testigo "se dispuso a contestar un llamado telefónico, fue atacado por los seis acusados para lograr hacerse del aparato en el entendimiento de que aquél estaba filmando lo que sucedía en el interior del rodado".
El delito de "lesiones leves" está contemplado en el artículo 89 del Código Penal y prevé una pena de un mes a un año de prisión, lo que podría incrementar la eventual futura condena que podría caberles por el "abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas”, por el que ya están procesados los seis y que tiene una pena de 8 a 20 años.
Asimismo, Fernández mantuvo el embargo por 35 millones de pesos que impuso para cada uno de los imputados.
Pero esta no es la única causa que enfrentan los acusados, ya que el 19 de abril pasado, cinco de los seis acusados también fueron indagados por un fiscal de la Justicia porteña por las "amenazas simples" que denunciaron haber recibido la panadera y su esposo que el día del hecho auxiliaron a la víctima del abuso grupal.
El hecho ocurrió el feriado del lunes 28 de febrero, a partir de las 14.45, en la calle Serrano al 1.300, en la zona de Palermo Soho, donde una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una chica.
Mientras cuatro de los imputados -Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan-, estuvieron dentro del auto con la víctima, los otros dos -Domínguez y Retondo-, cantaban y tocaban la guitarra en la vereda, aunque "observando y convalidando el ataque sexual", según lo establecido por el juez Fernández en el procesamiento.
Para el magistrado, los seis actuaron con "un plan previo, con acuerdo de voluntades y roles", más allá de que no todos hayan participado activamente del abuso de la víctima, al que describió como un "ataque sexual masivo".
Tanto el juez como luego la Cámara del Crimen sostuvieron que los acusados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima -tenía alcohol, marihuana y anfetaminas en su organismo-, a partir de lo cual no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual.