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Empresario acusado por abuso sexual

Volvieron a rechazar la libertad para Dolinsky

La defensa hizo un nuevo pedido para tratar la prisión preventiva, pero fiscalía y querella se opusieron. La causa podría ir a juicio oral en el segundo semestre.

Volvieron a rechazar la  libertad para DolinskyVolvieron a rechazar la libertad para Dolinsky

Jueves 21.5.2020
 18:31
Juliano Salierno
Juliano Salierno

La Justicia volvió a rechazar un recurso intentado por la defensa del empresario maderero Alberto Héctor Dolinsky (71), acusado por el abuso sexual de una nena de 12 años, presuntamente cometido el 2 de enero de 2014 en un hotel céntrico, donde vivía el implicado. Este miércoles, el juez penal Jorge Patrizi ratificó la prisión preventiva domiciliaria que atraviesa Dolinsky desde el 6 de diciembre de 2017 y que fue prorrogada por un año más el pasado 29 de noviembre por otro magistrado.


La defensa del acusado, a cargo de los abogados Raúl Berizo y Germán Corazza, había solicitado que se fije audiencia para el tratamiento del artículo N° 225 del Código Procesal Penal, referido a la realización de una nueva audiencia de prisión preventiva. En este caso, lo que se reclamó fue la libertad bajo alternativas del acusado, lo cual fue desestimado.


Del acto presidido por el juez Patrizi, participaron de manera presencial la respectiva defensa técnica, y el abogado querellante José Ignacio Mohamad, que representa al padre de la víctima; mientras que el fiscal de la Unidad Gefas (Violencia de Género, Familiar y Sexual), Matías Broggi, lo hizo mediante la aplicación Zoom Video Communications.


Entre los argumentos para volver a discutir la cautelar de Dolinsky, la defensa hizo referencia a “una denuncia que había presentado la madre de la víctima en Brasil en su momento. Lo invocaron como hecho nuevo y solicitaron la desincriminación del imputado”, señaló el Dr. Mohamad y agregó que “no se trata de un hecho nuevo” y en todo caso “es un planteo de juicio” por lo cual “nos opusimos” y el juez “rechazó completamente la petición”.


Apelación y denuncia


A propósito de la decisión adversa, el Dr. Berizo aclaró que “dentro del termino de ley será apelada, dado que surgen contradicciones entre lo declarado oportunamente por la que era menor y ya no lo es al día de la fecha, y que indudablemente pone en tela de duda la veracidad de sus declaraciones”. “Es decir, que a criterio de la defensa técnica el señor Dolinsky se encuentra con prisión preventiva morigerada en una causa que existen mas dudas que certezas, y que como oportunamente se probará, es una cuestión de puros intereses económicos entre el padre de la supuesta víctima y nuestro defendido”.


Además, confirmó que este martes el propio Dolinsky, con patrocinio letrado, denunció y pidió el apartamiento de la fiscal Alejandra del Río Ayala, ante la Auditoría General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Los motivos, un episodio ocurrido en abril del año pasado en un sanatorio privado, cuando en ocasión de una internación, Dolinsky aseguró haber sido esposado a una cama para que no se fugara.


Preliminar apelada


En tanto, el querellante recordó que “la audiencia preliminar -instancia previa al juicio oral- fue el 13 de marzo, antes de que se decretara el aislamiento obligatorio” por la pandemia de Covid-19. La resolución sobre la admisión de la prueba, que lleva la firma de la jueza Susana Luna, fue notificada con posterioridad y “la apelamos todas las partes”.


En el caso de la querella y la fiscalía, “porque la jueza hizo lugar a una prueba que no ofreció la defensa”, sostuvo el abogado querellante. Se trata de “una prueba que había ofrecido la anterior defensa de Dolinsky” (el acusado cambió de abogados en septiembre de 2019), la cual no fue referida en audiencia por la actual y por lo tanto “nos privó de oponernos y dar nuestros argumentos”. En tanto, la dupla Berizo-Corazza recurrió la preliminar porque se opuso a que la cámara Gesell realizada a la víctima sea admitida como anticipo jurisdiccional de prueba y proyectada como tal en un futuro debate.


Las apelaciones fueron elevadas al Colegio de Jueces de Segunda Instancia, y quedó en la vocalía a cargo del Dr. Jorge Andrés, que tras la resolución de admisibilidad, la Oficina de Gestión N° 2 podría fijar audiencia a mediados de junio. Con esas proyecciones, no se descarta que pueda fijarse fecha de juicio para antes de fin de año, indicaron fuentes del caso.


Cabe recordar que la preliminar realizada dos meses atrás, pudo concretarse casi dos años después de que fiscalía y querella presentaran la acusación -en marzo y abril de 2018- y luego de que fuera agendada y se suspendiera en seis oportunidades, por causas atribuidas mayormente a las defensas (actual y anterior), pero también por motivos ajenos a ellas.


15 años de prisión


El Ministerio Público de la Acusación (MPA) junto con la querella, adelantaron que pedirán 15 años de prisión para Dolinsky, bajo los cargos de presunto autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado (por ser cometido por dos personas), en concurso real con corrupción de menores agravada (por ser la víctima menor de 13 años).


Los hechos se remontan al 2 de enero de 2014 en las instalaciones de un hotel céntrico, cuando Dolinsky y una mujer de nacionalidad brasileña (por entonces novia del padre de la víctima), habían quedado a cargo del cuidado de la niña de 12 años. La denuncia fue presentada a fines de 2016 por el padre de la niña, también empresario maderero y por entonces amigo de Dolinsky. Un año después -6 de diciembre de 2017- la justicia dictó la prisión preventiva domiciliaria con salidas laborales.


“De acuerdo a las pruebas que pudimos recolectar y al relato de la víctima en Cámara Gesell, el imputado y una mujer de nacionalidad brasileña tuvieron relaciones sexuales frente a la niña en la pileta del hotel”, destacó tras la audiencia preliminar la fiscal que encabeza la causa, Alejandra Del Río Ayala. Además, explicó que de su testimonio se desprende que “la menor fue obligada a tomar una bebida alcohólica y luego, en el baño de la habitación en la que vive el imputado, el hombre la agredió sexualmente”. Y destacó que “si bien la conducta del imputado no encuadra en lo que comúnmente se denomina violación, sí fueron hechos que por la modalidad y circunstancias de realización, produjeron denigración, humillación, gran sometimiento en la víctima y son capaces de corromper el normal desarrollo sexual de una niña”.

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