Lunes 9.9.2024
/Última actualización 10:09
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el lunes la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, así como en plataformas de venta en línea, de una harina de almendras.
A través de la Disposición 8069/2024, publicada en el Boletín Oficial, se especificó que se trataba del producto "Harina de almendras sin piel; Marca KETO food maker; Origen Mendoza" en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Harina de almendras sin piel; Marca KETO food makerSegún los considerandos, la investigación se inició con la consulta de un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y continuó con consultas dirigidas al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, con el fin de verificar la información declarada en el etiquetado y si el producto cuenta con registros autorizados.
De esas tareas surgió que conclusión que “el producto y la razón social KETO food maker son inexistentes”.
En ese contexto, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar y la resolución fue declarar al producto “en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal”.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284”, expresó la normativa.
Y agregó que la decisión se tomó “en atención a las circunstancias detalladas” y con el “fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad”.