A través de la Disposición 9187/2024 publicada en el Boletín Oficial, se prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el país del repelente de insectos nacional "Repelente de mosquitos acción prolongada marca 'Chau Mosquitos de Te Cuida Mejor'", en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.
La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS) recibió una notificación a través del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT sobre la comercialización de un producto de origen nacional, sospechoso de legitimidad, lo que dio inicio a las actuaciones.
Ante ello, el personal del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal consultó en su base de datos y pudo determinar que los datos no corresponden a un repelente de insectos inscripto ante la ANMAT.
Fue por eso que se procedió a efectuar una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones donde se ofreciera, de acuerdo a lo consignado en la medida. Luego, por nota, se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que gestionen las bajas de las citadas publicaciones de venta electrónicas.
Como consecuencia de estas acciones y a fin de proteger a eventuales usuarios, la DEGMPS sugirió la prohibición del uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelentes de insectos de origen nacional en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.
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