El Litoral
Así lo anunció el presidente del alto tribunal, Daniel Erbetta, al considerar “casi inaceptable” que un proceso dure más de diez años.
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Tres años y ocho meses pasaron desde que los abogados del ex intendente de Santa Fe, Marcelo Álvarez presentaran, por primera vez desde que la causa fue elevada a juicio, un planteo de prescripción de la acción penal, para que la investigación por las inundaciones de 2003 quede sepultada para siempre.
Actualmente el expediente se encuentra en poder de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, cuyo presidente, el ministro Daniel Erbetta, confirmó que “vamos a tratar de darle una solución muy rápida a este problema”.
Lo dijo la semana pasada -20 de abril-, cuando en declaraciones exclusivas a la radio de la Universidad (LT10), sostuvo que “es casi inaceptable que un proceso tenga una duración de 10, 15, 14 o 16 años”. La entrevista fue en ocasión de la jura de las nuevas autoridades del Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público de la Defensa, en el salón de actos de la Corte de los tribunales locales.
El alto funcionario destacó que “no existe ninguna denuncia en el área de Superintendencia o de Gobierno de la Corte y el expediente recién ha ingresado a la Corte” para su tratamiento por un recurso de queja instado por los abogados Pablo Guastavino y Alejandro Paz. “El expediente ha pasado a primer voto hace casi una semana y en este caso me ha tocado a mí” aseguró el ministro. “Le he pedido especialmente a mis colegas, como en general hacemos cuando tratamos un expediente, resolverlo con la mayor celeridad posible, así como el tema de los supermercados y la causa Ecos, vamos a tratar de darle una solución muy rápida a este problema”, comparó con otras causas emblemáticas para la provincia, como el descanso dominical y la tragedia vial en la que fallecieron 9 alumnos y un docente en a la altura de Margarita.
“Con esto no estoy entrando en la valoración del asunto”, previno Erbetta. “Lo que yo digo es que cuando hay un conflicto es necesario una respuesta institucional.
Hay casos que no pueden quedar sin respuesta; después a usted le puede gustar o no esa respuesta, pero no puede quedar un caso sin respuesta institucional porque esto no solo representa una frustración para las personas que puedan verse afectadas sino también es una lesión a la credibilidad de la gente en todo el sistema judicial. De modo que la Corte va a asumir su responsabilidad y rápidamente le va a dar resolución a este caso”, completó.
Admitir la queja
El 7 de febrero último la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, con votos de los ministros Daniel Erbetta, Roberto Falistocco, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez, Mario Netri y Eduardo Spuler, resolvió “admitir la queja interpuesta y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad”, instado por la defensa de Álvarez. Y en tal sentido “disponer que por Presidencia se ordene la elevación de los autos principales y se les imprima el trámite que corresponda”, lo cual está en plena vigencia.
El cuello de botella al que ha llegado la causa que se inició tras las inundaciones del 29 de abril de 2003 y que derivó en la intervención del órgano máximo del Poder Judicial, comenzó a gestarse una década después, cuando el 20 de agosto de 2013, los abogados Guastavino y Paz pidieron la prescripción ante el juzgado de Sentencia N° 6 “por haber transcurrido el plazo de 5 años que tiene previsto como pena máxima el delito de estrago culposo” agravado por la muerte de 18 personas por el cual se encuentran procesados el ex intendente Álvarez; el ex ministro de Obras Públicas de la provincia, Edgardo Berli; y ex director de Hidráulica de la provincia, Ricardo Fratti. En ese entonces estaba a cargo de dicho juzgado el ahora fiscal del MPA, Gustavo Urdiales, quien suspendió el trámite de la causa principal.
El 12 de diciembre de 2013 el juez de sentencia Cristian Fiz reemplazó a Urdiales; y el 4 de abril de 2014 rechazó el planteo de prescripción. En una resolución de casi 50 páginas argumentó que aunque se encuentra cumplido el plazo de 5 años que reclama la defensa, “ha quedado fehacientemente probado en autos que tanto el imputado Edgardo Berli como su coimputado Marcelo Álvarez se han desempeñado, desde la comisión del hecho juzgado y lo hacen actualmente en la función pública”, lo cual interrumpe la prescripción.
Nulidad y nuevo planteo
La defensa apeló ese fallo y el 27 de junio de 2014 tuvo lugar la audiencia de apelación, a cargo de un tribunal pluripersonal, integrado por los camaristas Roberto Prieu Mántaras -presidente-, Jaquelina Balangione y Roberto Reyes, los cuales el 28 de agosto de 2014 declararon extemporáneo el planteo y anularon la decisión del juez Fiz, a quien apartaron de la causa.
Nuevamente Guastavino y Paz presentan un recurso extraordinario por su defendido Álvarez, el cual es denegado por la Cámara el 25 de marzo de 2015 tras lo cual el fallo quedó firme porque los abogados decidieron no presentar la queja.
Un nuevo avatar sufre la investigación, cuando el 27 de abril de 2015 se queda nuevamente sin juez de sentencia por el apartamiento de la Dra. María Amalia Mascheroni, quien se excusó por haber sido víctima de las inundaciones junto a su familia. A mediados de 2015 y tras un largo derrotero de excusaciones y rechazos, el voluminoso expediente cayó en manos del juez de Instrucción N° 3, Luis Octavio Silva.
Cosa juzgada
El 7 de septiembre de 2015 los abogados vuelven a la carga con idéntica pretensión de prescripción de la acción penal y sobreseimiento, a lo que el Dr. Silva consideró “cosa juzgada”. Una semana después, el 16 de septiembre, el juez clausuró el período de prueba, pero el 23 de septiembre Guastavino y Paz interpusieron la revocatoria.
Finalmente el 2 de octubre de 2015 el juez Silva no hizo lugar a la revocatoria contra el decreto de la clausura del período de prueba y Guastavino y Paz volvieron a apelar dicha decisión.
El 21 de abril de 2016 se realizó el sorteo de los camaristas que debían tratar el nuevo planteo de prescripción, para lo cual fueron designados Juan Manuel Oliva y Hugo Alberto Degiovanni (de Rafaela) y Mario Enrique Balestieri (de Vera). El 23 de junio de 2016 la cámara integrada declaró una vez más inadmisible el recurso de apelación, por lo que los reclamantes presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la misma Cámara que les declara nulo el recurso.
El 23 de agosto de 2016 la Cámara “deniega la concesión del recurso de inconstitucionalidad, lo que motiva la presentación directa de la interesada ante esta Corte”, que es el trámite que se sustancia por estos días y que según lo afirmado por el ministro Erbetta, podría conocerse los resultados en los próximos dos o tres meses.