La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, falló a favor de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park, y en contra de la Argentina, en una demanda por la expropiación de la petrolera YPF.
La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, resolvió a favor de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park.
La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, falló a favor de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park, y en contra de la Argentina, en una demanda por la expropiación de la petrolera YPF.
Ambos grupos reclamaban que -al momento de la estatización del 51% de la empresa en 2012- el país tendría que haber hecho una oferta de adquisición por toda la empresa (como fijaba el estatuto) y no sólo por una parte. Ahora, la Argentina tendrá dos instancias de apelación de la decisión de Preska, pero para hacerlo deberá presentar una garantía.
Buford había comenzado el juicio contra la Argentina y contra YPF en 2015, en nombre de la quiebra de Petersen Energía, ya que había comprado la quiebra de esa empresa, que era accionista de la petrolera cuando fue la expropiación. Preska dictaminó que la Argentina es responsable, pero accedió a la petición de YPF de desestimar los reclamos en su contra.
La jueza también denegó la solicitud de los fondos de fijar la indemnización por daños y perjuicios que deberá pagar la Argentina -y que se calcula entre US$ 7.000 y 18.000 millones- y dijo que el monto deberá fijarse en un nuevo juicio por daños.
"El Tribunal (de Nueva York) considera que los demandantes fueron perjudicados por la República porque ellos tenían derecho a recibir una oferta pública de adquisición que les hubiera proporcionado una salida compensada (de la empresa) pero no lo hizo", dice el fallo.
Agrega que los demandantes tienen tanto el derecho a reclamar daños y perjuicios como a elegir la indemnización por daños y perjuicios como su remedio en lugar del cumplimiento específico (es decir, que el país efectivamente lance una oferta por toda YPF).
Además, dice que la medida apropiada de esa compensación es el precio de la oferta pública de adquisición que Argentina tendría que haber hecho si hubiera cumplido con los estatutos. Sin embargo, aclara que le resulta imposible fijar el monto porque no puede precisar la fecha exacta en que se activó la obligación de Argentina de lanzar la oferta.
"Es un fallo positivo para YPF porque la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad y no es garante del Estado nacional, así que sus activos están fuera de riesgo. Por otro lado, hay que destacar que no se hace lugar a todos los pedidos de los demandantes" (como que se fije el valor de la compensación), indicaron cerca de la petrolera.
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