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La Legislatura mendocina aprobó hoy una ley que obliga a trabajar a los presos condenados y apunta a terminar con la "ociosidad" dentro de los penales de la provincia.
El proyecto fue impulsado por el Poder Ejecutivo y había sido anunciado por el gobernador Alfredo Cornejo durante su discurso ante la Asamblea Legislativa del 1 de Mayo.
La reforma del Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad de Mendoza, Ley 8.465, había obtenido ayer aprobación del Senado provincial y hoy recibió sanción definitiva en Diputados, por voto de la mayoría de los bloques con representación parlamentaria.
En la fundamentación del proyecto, el gobierno indicó que "encara una puesta en dirección al trabajo, limitando el derecho al ocio y con la idea de replicar la realidad externa" en las cárceles.
En ese marco, el texto señala que el recluso condenado "deberá estar en actividad, lo que le permitirá una vida mejor para él y para quienes se encuentren en derredor, pero a su vez para estar mejor preparado para volver a la sociedad, para que ésta pueda recibirlo y tenga conocimientos que le permitan trabajar legalmente". "Los derechos de la persona privada de libertad serán equivalentes a los derechos de los ciudadanos de la provincia, siempre que se encontraren en condiciones de igualdad", explica otra parte del proyecto aprobado.
Además, convoca por primera vez a las víctimas del delito a participar en el sistema penal y crea un régimen que traza ejes que promueven que los presos trabajen y se capaciten para conseguir disminuir los índices de "reiterancia" y reincidencia de quienes están privados de su libertad.
En ese sentido, el presidente de la comisión Bicameral de Seguridad, Mario Díaz (FPV), subrayó que sería "un error profundo negarnos a este desafío" y "generar un proceso de cambio cultural en la penitenciaria".
El diputado Pablo Priore (PRO) afirmó que es muy positiva la participación de la víctima en las causas y que sean resarcidas para que el preso logre la comprensión del daño causado".
Entre otros aspectos, la nueva ley dispone que "el condenado podrá ejercer todos los derechos no afectados por la condena y las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten y cumplirá con todos los deberes que su situación le permita y con todas las obligaciones que su condición legalmente le impone". "El trabajo y las labores serán considerados un deber primordial en la ejecución de la pena", advirtió.
"De la retribución del trabajo del interno, podrá descontarse, en hasta un 20% los cargos por concepto de reparación de daños intencionales o culposos causados en las cosas muebles o inmuebles pertenecientes al Estado o de terceros", sostiene la norma.