El documento "Consideraciones sobre el juzgamiento de los abusos sexuales cometidos en el marco del terrorismo de Estado", elaborado por el Ministerio Público Fiscal en octubre del año pasado, establece que los abusos sexuales cometidos por los represores deben considerarse "delitos de lesa humanidad".
El informe a cargo del coordinador de la Unidad, Pablo Parenti, y el fiscal general Jorge Auat deberá ser tenido en cuenta por todos los fiscales del país que investigan delitos de lesa humanidad, según la resolución que dictó hoy de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó.
En el documento se asegura que ese tipo de violaciones a los derechos humanos "aún no reciben el tratamiento jurídico adecuado en la práctica judicial", y que "deben ser considerados crímenes contra la humanidad".
Se afirma también que "la circunstancia dirimente para subsumir un acto determinado en la fórmula de los delitos de lesa humanidad es que haya formado parte del ataque que opera como contexto de acción en este tipo de crímenes".
"Los abusos sexuales cometidos contra personas bajo el dominio de las fuerzas represivas del terrorismo de Estado cumplen ese requisito", advierte el informe.
Añade que "para la concreción del trabajo, los autores analizaron el tratamiento de las víctimas de este tipo de delito y la incorporación de la prueba utilizada para su juzgamiento, valiéndose de "reglas utilizadas por tribunales penales internacionales que merecen ser tenidas en cuenta al momento de juzgar abusos sexuales"".
En otro párrafo agrega que "esta es una de las circunstancias que explica el hecho de que esa faceta criminal aún no se vea reflejada en toda su dimensión en el proceso de juzgamiento de los crímenes contra la humanidad cometidos en nuestro país", algo que "puede revertirse si se consolidan algunos factores de crucial importancia para el abordaje de esos hechos".
En ese sentido, los autores explicaron que "un acto de abuso sexual quede capturado por la categoría de los crímenes contra la humanidad no depende de la frecuencia, sistematicidad o generalidad con que hayan ocurrido actos de este tipo" sino que "haya formado parte del ataque que opera como contexto de acción en este tipo de crímenes".
En esa línea de análisis, añadieron que "los abusos sexuales cometidos contra personas bajo el dominio de las fuerzas represivas del terrorismo de Estado cumplen ese requisito y, por lo tanto, deben ser considerados crímenes contra la humanidad" ya que "no resulta correcto subsumir los hechos solamente en la figura de "tormentos"".
Télam