Un joven que escondió entre sus ropas una golosina y un perfume en un local de la cadena de hipermercados "Coto" irá a juicio oral y público ya que la Cámara del Crimen confirmó su procesamiento por el delito de "hurto simple, en grado de tentativa", informaron este miércoles fuentes judiciales.
La medida la dictó la "sala de feria" del tribunal, integrada por los camaristas Jorge Rimondi, Julio Lucini y Luis Bunge Campos, aunque este último magistrado votó en disidencia al sostener que la conducta era atípica ante la "insignificancia" de los bienes de los que intentó apoderarse Martín Oscar Álvarez.
De acuerdo a las constancias del expediente, el joven escondió entre sus ropas un "Mantecol Mega" y una colonia "Chester Ice" y pretendió retirarse del supermercado sin abonar, pero al retirarse del local los censores colocados en la salida alertaron al personal de seguridad de Coto.
En la etapa de instrucción fue de vital importancia la declaración del gerente, Javier Hezamon, quien detalló las circunstancias en que Álvarez fue interceptado y el hallazgo de la golosina y el perfume entre sus ropas, extremos que fueron confirmados por testimonios recibidos en el expediente.
En la resolución -a la que Télam tuvo acceso- los camaristas Rimondi y Lucini afirmaron que el hecho de que el "Mantecol" y el perfume tengan un "escaso valor económico", de ninguna manera significa que carezcan de él, de hecho los productos estaban a la venta, afirmó el voto mayoritario.
En disidencia Bunge Campos afirmó que "el patrimonio no es un elemento abstracto" sino que depende de su titular ya que lo que para algunos tiene escasa relevancia para otros puede ser enorme y, en ese sentido, sostuvo que era una "insignificancia" lo que ello perjudicaría los intereses de la cadena de hipermercados por lo que se inclinó por el sobreseimiento de Álvarez.
El delito de "hurto simple" está previsto en el artículo 162 del Código Penal que reprime con prisión de un mes a 2 años a quien "se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena"; siempre que no hubiere mediado "fuerza en las cosas o violencia en las personas" ya que, en ese caso, se estaría ante en "robo" cuya pena llega a los 6 años.
Otros antecedentes
Este tiene como antecedentes los procesos a tres jóvenes imputados por el robo de una sandía, o un hombre que se apoderó de dos obleas cubiertas de chocolate.
En el caso de la sandía, los imputados fueron tres muchachos que le arrebataron la fruta del carro de un vendedor ambulante.
En la fuga la sandía cayó al pavimento y se rompió, pero los jóvenes de todas formas fueron imputados de "robo en poblado y en banda", con penas previstas de hasta 15 años de cárcel.
Otro ejemplo emblemático es el de un joven que hurtó dos obleas bañadas con chocolate de un quiosco y que, como "prueba del delito", se acompañaron al expediente judicial los envoltorios de las golosinas que el imputado se comió ante la mirada incrédula del comerciante, que lo retuvo y entregó a la policía.
En la justicia federal, un hombre fue imputado en una causa por "falsificación de dinero", con intervención de efectivos de Seguridad Ferroviaria de la Policía Federal, ya que el encargado de boletería de la terminal de trenes de Retiro lo denunció por intentar pagar un boleto con una moneda falsa de 50 centavos.
La fotografía de la moneda -de frente y dorso- era una de las principales pruebas del expediente que llegó a los tribunales porteños de Comodoro Py 2002.
En este caso, el juez federal Claudio Bonadío ordenó el archivo de la causa.
Fuente: Telam