Se prohibió la venta de una lavandina por irregularidades
Se han encontrado muchas irregularidades en las etiquetas de los productos que no garantizan la seguridad.
Anmat propone prohibir la publicidad de un determinado producto y avisar a la autoridad sanitaria correspondiente.
Viernes 17.2.2023
10:36
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A través del Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció la decisión de prohibir la venta de una lavandina marca “Hipoclorito” a nivel nacional. Al respecto, se ha informado que se han encontrado muchas irregularidades en las etiquetas de los productos que no garantizan la seguridad. Por ello, ante el posible peligro que representaba para las personas, se decidió tomar la medida en todo el país.
Anomalías en el etiquetado
Con base en un informe presentado por el Departamento de Bromatología del Municipio de General Pueyrredón, se advirtió sobre la venta en muchos supermercados de una lavandina marca “Hipoclorito”, la cual era de “dudosa procedencia”. Por tal motivo, desde la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud se tomaron muestras para ser evaluadas.
Luego de analizar el producto, la Dirección de Ciencia de los Alimentos de la Municipalidad de General Pueyrredón advirtió que la concentración de cloro en la lavandina era diferente a la indicada en la etiqueta. Los resultados mostraron que la concentración de cloro fue de 5 g/l, mientras que la concentración indicada en la etiqueta fue de 25 g Cl/l.
En cambio, se constató que “informe de laboratorio indica fecha de empaque/manipulación es ilegible” mientras que en la etiqueta del producto en disputa se lee “Registro Nacional de Organismos, RNE., no corresponde a ningún establecimiento nacional de salud autorizado por este regulador nacional”, sostiene la Disposición 1386/2023.
Además, se descubrió que “la etiqueta no contiene información sobre: nombre, advertencia y etiqueta de advertencia, procedimiento de prevención de derrames, ni datos de registro del producto según IF-2023-13484728-APN-DVPS#ANMAT”. Por ello, el Partido General de Pueyrredón declaró “invendible” el producto.
Ante las infracciones detectadas, ANMAT decidió que con el fin de proteger a los posibles compradores y usuarios del producto con condiciones de fabricación desconocidas, se tomó la decisión de prohibir la venta de este producto a nivel nacional. Se encontraron varias anomalías en el etiquetado del blanqueador.
Frente a las irregularidades detectadas, ANMAT consideró que con el objetivo de proteger a eventuales clientes y usuarios del producto, del que se desconocen las condiciones de manufactura, se decidió prohibir su venta en todo el país.
En el artículo 1 de la disposición se planteó: “Prohíbase el uso, la comercialización y la distribución, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto rotulado como: “LAVANDINA BÁSICA ". Hipoclorito. 25 gCl/l. Industria Argentina. Para Limpiar y Desinfectar. Cont. Neto 5 litros. Establecimiento Elaborador: Química El Progreso / Av. Belgrano 935 / Berazategui / Prov. De Buenos Aires. RNE N°026646175. Validez: 150 días de validez desde la fecha de elaboración”.
Por ello, ANMAT decidió prohibir la venta a nivel nacional para garantizar la calidad, inocuidad y eficacia del producto. Sobre todo por la seguridad de los posibles compradores.
Previo a la decisión tomada por la ANMAT; la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, se sugirió no solo prohibir “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes del producto rotulado como “lavandina básica. Hipoclorito”. Además, se propone prohibir la publicidad de un determinado producto y avisar a la autoridad sanitaria correspondiente.