La Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica prohibió este miércoles la comercialización de un alcohol etílico, según se publicó en el Boletín Oficial.
La firma que lo comercializaba no posee la habilitación correspondiente para hacerlo. Además, la información consignada en el rótulo es errónea.
La Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica prohibió este miércoles la comercialización de un alcohol etílico, según se publicó en el Boletín Oficial.
La Disposición 2386/2021 establece la prohibición del “uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como: “Alcohol Etílico 96°- ALCOHOL- USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA, CONT. NETO 500 ml INDUSTRIA ARGENTINA, Elaborado y fraccionado por alcohol Argentina, Empresa B Certificada, Establecimiento habilitado por Resolución ANMAT 601/91, Legajo N° 9641”, por ser un medicamento falsificado”.
En el considerando explica que las actuaciones se iniciaron ante una consulta por parte de un particular sobre el producto y la ANMAT constató que la firma “Alcohol Argentina” no se encuentra dentro del listado de empresas habilitadas en los términos de la Resolución Ms. y As. N° 508/94 y por tanto el producto tampoco se encuentra autorizado.
A su vez, la Dirección de Gestión de Información Técnica informó que el legajo N° 9641 no pertenece a ninguna firma habilitada ante la Administración Nacional en el rubro medicamentos, por lo tanto, la información consignada en el rotulo “Resolución ANMAT 601/91” es errónea.
Por tratarse de un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido y resultando ser peligroso para la salud de los pacientes a los que se administre, el Departamento de Control de Mercado sugiere prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.
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