En una sentencia que marca un antes y un después en la materia, por primera vez se permitió en Río Cuarto el acceso a la gestación subrogada, en favor de un matrimonio local que así podrá cumplir el deseo de traer un hijo al mundo.
De este modo, se permitió a una pareja el acceso a la técnica reproductiva y anotar al hijo en el Registro Civil.
En una sentencia que marca un antes y un después en la materia, por primera vez se permitió en Río Cuarto el acceso a la gestación subrogada, en favor de un matrimonio local que así podrá cumplir el deseo de traer un hijo al mundo.
Se trató de un fallo dictado en Tribunales riocuartenses por la jueza con competencia específica en Familia, Ana Baigorria, quien así permitió que los padres puedan inscribir como su hijo al niño por venir, en el Registro Civil, evitando un vacío legal en el asunto.
En tal sentido, la jueza ya remitió los oficios para que se inicie la práctica médica que consistirá en que una mujer llevará adelante la gestación del embrión concebido con el material genético de la pareja, indicaron voceros judiciales a Puntal.
Sobre el fallo, se destacó que “ante el silencio legal existente, ya que el Código Civil y Comercial de la Nación establece que el hijo nacido por técnicas humanas de reproducción asistida debe ser inscripto como hijo de quien dio a luz, lo que dajaría a un lado a quienes justamente buscan ser padres”.
La novedad que introduce la medida es que “el Código no introdujo la figura de la gestación por sustitución, por lo que la sentencia incluyó el análisis de la constitucionalidad del artículo mencionado”, comentaron desde el Juzgado de Familia Número 1 de Río Cuarto.
Finalmente destacaron que “la gestación subrogada es una realidad que está ocurriendo en el mundo y en el país, de modo que no habilitarla obliga a los ciudadanos argentinos a recurrir a esta técnica en el extranjero, lo que genera desigualdad para los ciudadanos en cuanto a posibilidades de acceso”, concluyeron.