Esta semana que inició el lunes 10 de enero se está posicionando como una de las más calurosas de la historia en todo el país. En diversos puntos de Argentina se registraron picos de temperatura y se emitieron alertas rojos en casi una decena de provincias.
Como consecuencia del clima sofocante, el consumo de energía también se posicionó en números superadores, por lo que a su vez se registraron fallas en el suministro a lo largo de todo el territorio nacional. La jornada del martes fue una de las más caóticas, donde aproximadamente a 700 mil usuarios se les cortó el servicio.
Este jueves, a través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional comunicó el Decreto 16/2022 que ordena a los empleados públicos no asistir a las oficinas y desempeñar sus tareas a distancia. El documento fue firmado por el presidente Alberto Fernández, y el jefe de Gabinete de ministros, Juan Manzur.
Dicha medida fue establecida para este jueves 13 y viernes 14 con el objetivo del “ahorro de energía”. El Poder Ejecutivo argumentó que “la reactivación económica sostenida” en diversos sectores durante el transcurso del año 2021 “ha redundado en un incremento considerable de la demanda energética”.
Además, esto se suma a que “la temporada estival en la República Argentina ha reportado altas temperaturas debido al incremento de las mismas a nivel regional, por directa incidencia del fenómeno de La Niña, el cual afecta a gran parte del hemisferio Sur de América”, se ha producido la situación vivida esta semana en distintos puntos del país.
De esta forma, por decreto se dispuso que los días 13 y 14 de enero de 2022, a partir de las 12 del mediodía, “horario a partir del cual se verifican los mayores picos de consumo energético, las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que se refiere el artículo 8° de la Ley N° 24.156, realicen la prestación de servicios mediante la modalidad de prestación de trabajo a distancia, en caso de ser ello posible, absteniéndose de permanecer o concurrir a sus lugares de trabajo habituales”.
Cabe destacar que quedan excluidos del trabajo remoto los trabajadores del Instituto de Salud Carlos Malbrán; las fuerzas de seguridad federales; las Fuerzas Armadas; personal del Servicio Penitenciario Federal; personal de la salud y del sistema sanitario; guarda parques nacionales y personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego; de Migraciones; instituciones bancarias y entidades financieras.