En una nueva medida para simplificar los trámites, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo sobre las intimaciones que trabajadores o asociaciones sindicales enviaban a sus empleadores mediante telegramas o cartas documento.
Esta decisión, plasmada en la Resolución General 5560/2024, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y forma parte de una serie de cambios orientados a reducir la burocracia en diversas gestiones laborales y tributarias.
El organismo mantendrá habilitado el servicio en su sitio web
¿En qué consistía la obligación?
Hasta el momento, las intimaciones laborales que los empleados o sindicatos enviaban a los empleadores, ya sea mediante telegramas o cartas documento, debían ser informadas a la AFIP. Este proceso implicaba el uso del servicio “Telegramas laborales” en el sitio web del organismo, donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones. Estas gestiones estaban enmarcadas en el artículo 1 de la ley 24.013, que regulaba aspectos fundamentales de las relaciones laborales.
Sin embargo, con la publicación de la Resolución General 5560/2024, este trámite fue oficialmente suprimido. La decisión responde a los lineamientos de la ley 27.742, conocida como la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que tiene como objetivo agilizar y mejorar los procesos administrativos en diferentes áreas.
Con la eliminación del servicio “Telegramas laborales”, los trabajadores y sindicatos ya no tendrán la obligación de enviar copias digitales de sus intimaciones a la AFIP. Sin embargo, el organismo mantendrá habilitado el servicio en su sitio web para que los usuarios puedan acceder a los datos históricos de las comunicaciones enviadas en el pasado.
Esto significa que los empleados y sindicatos aún podrán consultar las imágenes digitalizadas y la información asociada a las intimaciones laborales que se registraron previamente. Esta base de datos permitirá a los interesados acceder a estos documentos en cualquier momento, pero no será necesario continuar cargando nuevas comunicaciones.
La eliminación del servicio “Telegramas laborales” es parte de una estrategia más amplia por parte de la AFIP para simplificar los trámites administrativos y reducir la burocracia. La actual gestión ha implementado varias medidas que buscan facilitar los procesos tanto para trabajadores como para empresas, en distintos sectores productivos.
Entre las principales medidas de simplificación se destacan:
Eliminación de la obligación de registrar contratos de alquiler: A partir de esta medida, los contratos de alquiler ya no deberán ser registrados ante la AFIP, salvo en casos donde los inquilinos busquen acceder a beneficios fiscales.
Eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI): Un cambio que busca reducir las cargas tributarias al momento de la venta de inmuebles.
Eliminación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA): Este documento, que era obligatorio al vender un vehículo, ya no será necesario.
Reducción de las declaraciones juradas para el sector rural: Se redujo de 5 a 2 la cantidad de declaraciones juradas que los establecimientos rurales deben presentar sobre la producción de la cosecha.
Eliminación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la Capacidad Económica Financiera (CEF), trámites que debían completarse antes de realizar compras en el exterior.
Eliminación del Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR), simplificando el proceso para aquellos que trabajan en este sector.
Simplificación del registro de trabajadores: A través de la aplicación “Mi AFIP”, los empleadores ahora pueden dar de alta a un trabajador ingresando solo siete datos, agilizando significativamente este trámite.
Automatización del cálculo del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP): Esta medida reduce el tiempo y la complejidad para calcular los importes fijos correspondientes a este fondo.
Eliminación de trabas para la yerba mate: Se derogaron requisitos como la obligación de contar con el “Libro de Movimientos y Existencias” y la “Hoja de Ruta Yerbatera”, lo que facilita las operaciones de secaderos, molinos y depósitos de este producto.
Derogación de la norma que obligaba a los operadores de granos a inscribirse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
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