El Litoral
La Cámara Nacional Electoral (CNE) rechazó las impugnaciones basadas en la condena que recayó sobre el ex mandatario por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador.
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Télam
La Cámara Nacional Electoral (CNE) rechazó las impugnaciones a la precandidatura del senador nacional Carlos Menem y el ex presidente quedó habilitado a competir en octubre para renovar su banca en la Cámara alta.
Las impugnaciones, basadas en la condena que recayó sobre el ex mandatario por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador, "no son impedimento para su postulación a senador nacional", señaló el fallo del tribunal que habilitó al senador riojano a competir en las elecciones legislativas del 22 de octubre para renovar su banca.
Con la integración de los camaristas del fuero penal federal Eduardo Farah, Martín Irurzun y Jorge Luis Ballestero, la Cámara consideró que el plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido.
Así, con este fallo, las impugnaciones a Menem, en un primer momento aceptadas por la Cámara Nacional Electoral, se consideraron "presentadas extemporáneamente", según consta en el fallo.
"El plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido", dijeron en el fallo Farah, Irurzun y Ballestero.
Menem había sido inhabilitado como candidato por la Cámara Nacional Electoral, debido a una condena que recibió en la causa por contrabando de armas durante su presidencia, que se encuentra apelada mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación.
La Corte Suprema había considerado en su resolución del 22 de agosto último que la condena dictada por la Sala I de la Casación Federal en la causa "Armas" por la venta ilegal de material bélico a Croacia y Ecuador no se encontraba firme, por lo cual no era "impedimento para la postulación" a senador nacional de Menem.
Fuentes judiciales recordaron que la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal "no sólo no se encuentra firme, sino que luego que la Corte Suprema anulara esa (y otras) condenas" por el contrabando de armas, "recobró vigencia la absolución dictada en su momento por el Tribunal Oral en lo Penal Económico Tres (TOPE 3)".
La candidatura de Menem había sido impugnada por la Cámara Nacional Electoral a principios de agosto, en los días previos a las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), cuando el tribunal electoral hizo lugar a los planteos presentados por Leonel Acosta, de la alianza Izquierda al Frente por el Socialismo, y Marcela Crabbe, diputada del Parlasur por Cambiemos.
Apelada esa sentencia mediante un recurso extraordinario presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el máximo tribunal dispuso que se debía volver a analizar la precandidatura de Menem para renovar su banca como legislador nacional por La Rioja, lo que derivó en la remisión del expediente en el que hoy se dictó nueva resolución conforme con el tenor de lo resuelto por el máximo tribunal.
Por unanimidad, la Corte resolvió en ese momento revocar la sentencia por considerar que tenía "graves defectos formales", pero no se expidió sobre si finalmente podrá participar de los comicios de octubre.
Estableció asimismo que debía "dictarse un nuevo pronunciamiento antes del vencimiento del plazo para la habilitación de listas" de cara a octubre.
"A efectos de hacer cesar la incertidumbre que aún pesa sobre el electorado riojano, la Corte determinó que el nuevo fallo deberá ser dictado por la Cámara Electoral con anterioridad a la fecha de oficialización de las listas, de acuerdo a lo establecido en el cronograma electoral vigente", subrayó el tribunal en su resolución.
Farah, Irurzun y Ballestero tomaron así intervención luego que los jueces de la Cámara Nacional Electoral Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía remitieran a la segunda instancia del fuero en lo criminal y correccional federal el expediente en el que habían impedido la participación de Menem en las PASO del 13 de agosto.
La Corte también había advertido sobre la "legitimación" de quien planteó la impugnación de Menem.
"Son las juntas electorales quienes tienen a su cargo la verificación de que los precandidatos cumplan con los requisitos constitucionales y legales que presentan las diferentes listas, sin que se prevea la intervención en la etapa del proceso, de los demás partidos políticos o electores", expusieron Farah, Irurzun y Ballestero.
El fallo de la Corte, que no se pronunció sobre la cuestión de fondo que es la aptitud de Menem para ser candidato, había sido celebrado por el presidente del Partido Justicialista riojano, Luis Beder Herrera, que "valoró" la decisión y destacó que se trató de "un fallo ejemplar e histórico para los derechos de todos los ciudadanos, tanto los que eligen como los que son elegidos".
La lista del PJ riojano encabezada por Menem para senador logró en las PASO el 44,63 por ciento de los votos contra el 36,08 por ciento de Cambiemos, que llevó al ex ministro de Defensa Julio Martínez como candidato.