El gobernador entrante de la provincia tuvo 90 días entre su proclamación y la asunción para preparar su llegada al poder. Todo indica que en las próximas semanas el tembladeral institucional continuará, no solo "a pesar del receso", sino precisamente "por el receso", cuando las alertas disminuyen y la actividad también.
Pullaro movió el tablero repetidamente: cuando las fichas parecían estar en su lugar, las movió una vez más. El título "Justicia cara e ineficiente" encabezó el paquete de medidas que presentó casi al mismo tiempo que finalizaba su discurso de asunción. No había mucho secreto en el contenido de estas reformas, pero sí había incredulidad sobre si serían cambios superficiales o drásticos, especialmente en el ámbito judicial, principalmente en lo penal.
Entre la marea de leyes que llegaron desde la Casa Gris al recinto legislativo, una medida golpeó fuertemente el statu quo del Poder Judicial y desestabilizó a los demás actores del ámbito legal, llegando a ser incluso un acto inédito en la historia ejecutiva. Esta medida fue la anulación de la "Feria Judicial" en materia penal, una práctica tradicional que restringe el servicio de justicia durante enero y parte de febrero, una práctica que se mantiene más por tradición que por necesidad operativa o demanda social, a excepción de Chile en nuestro continente.
Como se había anticipado, la reforma del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ahora está en manos de los legisladores, listos para ser votados. Aunque podría parecer de menor importancia en comparación con las reformas más sustanciales al "Nuevo Sistema Procesal Penal", el mensaje político de Pullaro hacia el Poder Judicial es de suma importancia.
Esta histórica reforma al servicio de Justicia Penal busca eliminar la "Feria Judicial" en materia penal. El Ejecutivo ha presentado un proyecto para reformar parcialmente el Código Procesal Penal de la Provincia, buscando que la feria judicial no se aplique en este ámbito. Además, se establece que la Corte Suprema, el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal deben organizar licencias de vacaciones para garantizar al menos el 50% de funcionarios y empleados presentes en la prestación del servicio de justicia en cada circunscripción y distrito.
También se faculta a la Corte Suprema para suspender total o parcialmente la feria invernal en todo el Poder Judicial, otorgándole una amplia difusión en caso de hacerlo.
“…La feria judicial no rige en materia penal. La Corte Suprema, el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal deben reglamentar, organizar y programar el otorgamiento de las licencias por vacaciones de sus funcionarios y empleados de manera que cada uno de los órganos mencionados garantice como mínimo la presencia laboral para la prestación del servicio de justicia del cincuenta por ciento (50%) del total de funcionarios y de empleados de la planta, respectivamente, en cada circunscripción y distrito según corresponda.”
Otra de las reformas propuestas, quizás menos discutible en cuanto a optimización de los tiempos judiciales, establece un régimen de licencias que asegura la continuidad del sistema durante todo el año, incluso considerando la extensión horaria, media jornada, feriados y fines de semana.
Esta medida se alinea con la resolución 02 del Ministerio de Seguridad, que suspende todas las licencias del personal policial durante 90 días. Este mensaje, que modifica la Ley Orgánica Judicial, busca apoyar la presencia de la justicia y la seguridad en el territorio, especialmente con la presencia policial patrullando las calles.
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